El Juzgado en lo Civil y Comercial Número 8 de Quilmes condenó a dos empresas de transporte a pagar una indemnización de 2.941.400 pesos a una familia local por la pérdida de todas sus pertenencias personales en una mudanza. La jueza dictó esta sentencia definitiva tras un extenso proceso legal por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. El conflicto judicial comenzó en la jurisdicción quilmeña luego de que la carga desapareciera de forma misteriosa durante su traslado hacia la provincia de Córdoba.
El demandante contrató el traslado de 32 bultos desde Buenos Aires hacia la ciudad de Villa Carlos Paz en noviembre de 2018. La carga contenía muebles, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, televisores, un sommier y otros objetos personales indispensables para la nueva vivienda. El camión de mudanzas nunca entregó los bienes en el destino pactado por las partes. El damnificado realizó múltiples gestiones ante diversos organismos de Defensa del Consumidor pero los proveedores ignoraron todos los reclamos iniciales. El afectado inició la demanda judicial correspondiente en abril de 2021 ante la falta de soluciones.
Una de las empresas demandadas reconoció la recepción de los bultos en sus depósitos durante el desarrollo del litigio. La firma intentó limitar su responsabilidad civil con el argumento de un valor declarado de apenas 3.000 pesos en la documentación oficial. La transportista sostuvo también el desconocimiento del contenido exacto de las cajas debido al embalaje cerrado de las mismas. La magistrada consideró plenamente probado el incumplimiento de la obligación contractual por parte de las firmas transportadoras. Las demandadas no aportaron pruebas válidas que justificaran la falta de entrega del cargamento familiar.
La jueza remarcó el deber de colaboración activa de los proveedores en la producción de las pruebas judiciales en el marco de una relación de consumo. La pericia contable del caso determinó que la mercadería permaneció en una agencia de la provincia de Córdoba. El peritaje técnico nunca pudo establecer si las empresas notificaron al cliente para el retiro de sus cosas ni el destino final de los bienes. El informe del especialista también detectó graves irregularidades en los libros de registro de la compañía de transportes.
Un martillero público efectuó una tasación oficial que fijó el valor de los elementos perdidos en 2.941.400 pesos para cuantificar el perjuicio real. La jueza aceptó la totalidad de esta estimación económica y desestimó las impugnaciones de las compañías demandadas. El fallo judicial dispone que los intereses del capital correrán desde septiembre de 2019, momento en que fracasó la instancia de mediación obligatoria. La magistrada ordenó la aplicación de una tasa pura del 6 por ciento anual hasta agosto de 2023. El tribunal aplicará la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde esa fecha hasta el momento del pago efectivo de la condena. La jueza destacó que la confianza de los usuarios es un pilar fundamental en las relaciones comerciales dentro de los fundamentos del veredicto. Las dos empresas de transportes deberán responder de manera solidaria ante el damnificado por los daños provocados por su negligencia.
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