El ejercicio reflexivo sobre la praxis judicial contemporánea nos enfrenta, hoy más que nunca, a una serie de interrogantes fundamentales: ¿por qué, para qué y para quién administramos justicia? Si bien el Poder Judicial posee una misión constitucional clara, existe una brecha insalvable entre este mandato fundacional y la realidad percibida por la ciudadanía. Al recorrer los espacios públicos, las voces de los afectados evidencian un sistema que, lejos de resolver conflictos, a menudo los intensifica.
El imperativo de la prevención frente a la cultura del litigio
La doctrina tradicional ha limitado la función judicial a la resolución de litigios. Sin embargo, postulo una visión superadora: el Poder Judicial debe, primordialmente, prevenir. Evitar el conflicto no es solo un acto jurídico; es el ejercicio de mayor eficiencia en la administración de justicia. Si bien la Suprema Corte ha sentado precedentes valiosos mediante guías y acuerdos con enfoque preventivo en áreas críticas —como la violencia de género, la niñez, la discapacidad y longevidad—, la eficacia de estas herramientas se ve mermada por una praxis que, en la cotidianeidad, se pierde en la burocracia y la inercia.
El obstáculo real radica en los efectores del sistema. Resulta paradójico que, a pesar de contar con profesionales de altísima formación académica, la prestación del servicio se perciba deficitaria. Observamos una preocupante distracción en pujas de poder internas y una prevalencia de “egos exacerbados” que impiden la construcción de utopías colectivas. Muchos olvidan que la institución es el cauce que les brinda cobijo para sus metas personales; al priorizar el interés individual sobre el público, se incurre en una soberbia institucional que evita la autocrítica y delega la responsabilidad de los fracasos en terceros.
La violencia en el proceso: Un error ético y procedimental
Esta crisis de gestión impacta directamente en la calidad del proceso, que por su propia naturaleza es invasivo. La tendencia sistémica a “objetivar” al sujeto —reduciéndolo a una pieza dentro de un expediente—constituye un error tanto procedimental como ético. Los ciudadanos no acuden a la justicia por elección, sino compelidos por elconflicto; por tanto, el sistema no debe añadir nuevas capas de violencia a una situación de por sí crítica.
Es inaceptable, por ejemplo, el uso de la ira estratégica o la recurrencia a falacias ad hominempara descalificar al otro. Estas conductas, que a menudo rozan la violencia institucional, vician el proceso. Especial atención merecen la desestimación de relatos de niños y niñas, o la estigmatización basada en prejuicios de género y socioeconómicos.
Un proceso judicial que no garantiza la integridad física, psíquica y moral de todos los intervinientes —incluyendo el desgaste psíquico de los profesionales—falla en su misión principal: la búsqueda de una verdad jurídica con rostro humano.
Gestión del conflicto y superación de la “estupidez ilustrada”
Para transformar esta realidad, debemos analizar el conflicto organizacional desde una perspectiva estructural. Aunque el conflicto es inherente a cualquier institución, su impacto depende de cómo se gestione:
Cuando se ignora, deriva en distorsión cognitiva, entropía y desarticulación de procesos.
Cuando se gestiona, actúa como catalizador de innovación, fomenta el pensamiento crítico y fortalece la cohesión grupal.
La superación de nuestra crisis funcional exige abandonar la “estupidez ilustrada” —concepto filosófico/social que dimensiona esa acumulación de títulos vacía de comprensión crítica, represión del debate y soberbia intelectual desconectada de la realidad— y adoptar una humildad intelectual que privilegie el diálogo. No basta con el conocimiento técnico si no existe una verdadera apertura hacia el otro.
Conclusión: El camino a la legitimidad
Las respuestas a mis interrogantes iniciales solo se hallan al centrar la mirada en el afectado. El camino hacia una justicia que prevenga y contenga requiere, en definitiva, un retorno a lo esencial: la vocación de servicio.
El cambio demanda tres ejes transversales: asumir la responsabilidad sin excusas, priorizar la ética sobre el ego y comunicar con claridad. Los instrumentos judiciales deben despojarse de pretensiones puramente dogmáticas para adoptar un lenguaje accesible.
Solo mediante la reducción de la asimetría entre el juzgador y el ciudadano lograremos restaurar la confianza pública y hacer que la justicia sea, finalmente, un instrumento de paz y no de conflicto.
* Abogado
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