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La defensa cree que la condena es “discriminatoria”. Hay preocupación en el Consulado
Pocas horas después de que este diario revelara el fallo que condenó a una travesti a 5 años y 3 meses de prisión por venta de droga, agravada por su condición de extranjera (es de nacionalidad peruana), estalló una polémica fuerte. Por lo pronto, la defensa de la sentenciada, conocida como “Claudia”, confirmó que apelará el veredicto al tildarlo de “discriminatorio”, mientras que desde el Consulado de Perú manifestaron su preocupación por la decisión judicial.
Como informó EL DIA de manera exclusiva, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata Juan José Ruiz, aplicó el martes esa pena contra una travesti que en abril de 2014 fue detenida en la llamada zona roja de la Ciudad, con poco más de un gramo de cocaína.
El magistrado no sólo la encontró culpable, sino que además ordenó que quedara detenida allí mismo (“Claudia” había llegado al debate con arresto domiciliario), exhortó a Migraciones a que tomara medidas una vez que se extinguiera la pena y, al intendente Julio Garro, a que resolviera el problema de los “narcotravestis”.
Pero lo que generó polémica fue la decisión del magistrado de considerar como agravante de la pena la condición de extranjera de la imputada.
En su sentencia -a la que este diario tuvo acceso- Ruiz detalló que si bien es cierto que “existe el principio de igualdad ante la ley, esto no es tan cierto ni tan absoluto como parece”. Citó como ejemplo el artículo 21 de nuestra Constitución, que dice que “todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria”, mientras “los ciudadanos por naturalización -un intermedio entre extranjero y nacional- son libres de prestar o no servicio”.
“Es decir, que mientras nuestros nietos, padres, hijos, hermanos y amigos, morían en el conflicto de Malvinas en defensa de la Patria; los extranjeros que gozaban de todos los derechos (aunque no de todas las obligaciones como se ve) veían desde la comodidad de su hogar el conflicto, sin temor a ser convocados. Me pregunto entonces: ¿Existe igualdad ante la ley?”, remarcó el magistrado, mencionando otros ejemplos similares, como el acto de votar y ser autoridad de mesa o participar como jurado en un juicio.
La defensora de “Claudia”, Josefina Rodrigo, calificó al fallo de “discriminatorio” y consideró que se trata de “una cuestión muy grave”, ya que Ruiz “dice que si un nacional tiene la obligación de ir a la guerra y el extranjero tiene la opción, se rompe con la igualdad ante la ley. Si en ese caso no es igual, ¿por qué debe serlo ahora?”, se preguntó.
Y amplió: “Dice que los jueces deben caerle con mayor peso de la ley a los extranjeros. Ahí está el contenido xenófobo”, añadió.
La abogada remarcó que había sido el fiscal Martín Chiorazzi el que pidió en su alegato considerar este agravante, “por venir de una nación hermana y delinquir en el país que la recibe”.
“El juez hace lugar a eso y lo toma para la pena, con lo cual en la sentencia hace un desarrollo asegurando que no es discriminatorio y termina siendo totalmente xenófobo”, afirmó Rodrigo. La defensa planteó desde un principio que la tenencia de cocaína era para consumo personal, lo cual -según la abogada- fue acreditado por dos testigos.
“La vieron en la zona roja, la requisaron y eventualmente le encontraron droga. El estado de derecho no se puede permitir y la policía no puede borrar los límites del debido proceso”, argumentó la defensora.
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