La expansión de la inteligencia artificial está dando origen a un mercado en el que los profesionales ya no comercializan únicamente el resultado de su trabajo, sino también las características personales y creativas que les permiten realizarlo. Locutores que autorizan la clonación de sus voces, actores que licencian sus rostros, fotógrafos que permiten utilizar sus archivos para entrenar modelos y artistas que ofrecen sus estilos forman parte de una actividad que transforma el talento humano en un recurso digital capaz de producir contenidos sin la intervención permanente de sus creadores.
El fenómeno marca un cambio en la relación entre trabajo, tecnología y propiedad intelectual. Durante décadas, un locutor cobraba por grabar una publicidad, un actor por participar de una filmación y un fotógrafo por producir imágenes para un cliente. Actualmente, mediante el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial, algunas de esas capacidades pueden reproducirse y comercializarse repetidamente, incluso cuando el profesional no participa de las nuevas producciones.
Lo que comenzó como una preocupación por la posible sustitución del trabajo humano también se convirtió en una oportunidad de negocio para quienes deciden participar voluntariamente. Las plataformas ofrecen pagos por grabaciones destinadas al entrenamiento, licencias comerciales, remuneraciones por proyectos y regalías vinculadas con la utilización de réplicas digitales. La promesa consiste en que una persona pueda obtener ingresos mientras su voz, su imagen o sus creaciones continúan siendo explotadas comercialmente mediante sistemas automatizados.
Sin embargo, esa posibilidad introduce una contradicción: el profesional puede recibir dinero por entregar los elementos que constituyen su principal herramienta de trabajo y, al mismo tiempo, contribuir al desarrollo de tecnologías capaces de reemplazarlo. La discusión también llegó a abogados, escribanos, sindicatos y organismos reguladores, ante la necesidad de determinar quién controla esas réplicas, cuánto tiempo pueden utilizarse y qué ocurre cuando una empresa excede los límites acordados.
Cómo funciona el negocio
La comercialización de lo que podría denominarse el patrón personal de un profesional comprende distintas modalidades. En el caso de los locutores, las empresas utilizan grabaciones para identificar características como el timbre, la pronunciación, el acento, las pausas y la entonación. A partir de ese material, desarrollan modelos de síntesis de voz capaces de generar narraciones, publicidades, audiolibros y mensajes corporativos sin nuevas sesiones de grabación.
En las artes visuales, el procedimiento puede involucrar catálogos fotográficos, ilustraciones y otras producciones que permiten entrenar modelos con determinados recursos de composición, iluminación, colores y técnicas. Los actores y modelos, por su parte, pueden autorizar la utilización de sus rostros, movimientos y expresiones para desarrollar avatares destinados a películas, videojuegos, campañas publicitarias o presentaciones virtuales.
En la industria audiovisual también se utilizan sistemas de captura de movimiento, conocidos como motion capture, que registran gestos y desplazamientos corporales para reproducirlos digitalmente. Cuando esos registros se incorporan a herramientas generativas, pueden servir para producir nuevas animaciones o interpretaciones sintéticas. Sin embargo, registrar una actuación para una producción determinada no implica necesariamente autorizar su utilización posterior para entrenar modelos o crear réplicas.
La principal novedad económica consiste en separar la capacidad profesional de la presencia física del trabajador. Una grabación realizada durante algunas horas puede convertirse en la base de numerosas producciones posteriores. En lugar de cobrar exclusivamente por cada intervención, el creador puede recibir una compensación por permitir que terceros utilicen una versión digital de sus capacidades, aunque los ingresos dependen de la demanda y de las condiciones pactadas.
Las voces sintéticas y los pagos
Uno de los sectores donde este modelo alcanzó mayor desarrollo es el de los locutores y actores de doblaje. La empresa ElevenLabs, especializada en generación de voces mediante inteligencia artificial, informó en mayo de 2026 que había distribuido más de 22 millones de dólares entre más de 10.400 creadores de voces en 32 idiomas. La cifra duplicó los 11 millones de dólares comunicados en noviembre de 2025 y constituye uno de los indicadores más concretos de la expansión de esta actividad.
Aunque el promedio aritmético de esos pagos acumulados supera los 2.100 dólares por creador, las ganancias individuales presentan diferencias considerables. La demanda depende del idioma, las características vocales, la popularidad de cada voz y las condiciones comerciales. Mientras algunos profesionales consiguen una utilización recurrente, otros registran ingresos ocasionales que difícilmente reemplazan la remuneración obtenida mediante su actividad habitual.
El funcionamiento de estos mercados permite que un locutor incorpore su voz a un catálogo y reciba compensaciones cuando clientes autorizados la utilizan. Los acuerdos pueden contemplar pagos según la cantidad de contenido generado, remuneraciones por proyectos específicos o una combinación de honorarios iniciales y regalías. También existen contratos para aportar grabaciones destinadas al entrenamiento de modelos generales, sin que necesariamente se comercialice una réplica identificada con el nombre del profesional.
Empresas como Ethovox y Narrativ también participan de este mercado mediante propuestas de desarrollo o utilización de voces sintéticas bajo esquemas de autorización y compensación.
En algunos casos, los profesionales reciben pagos por las sesiones de grabación y una participación posterior en los ingresos. Sin embargo, las condiciones varían según cada plataforma y no existe un sistema universal que garantice regalías por todas las reproducciones.
De Hollywood a los trabajadores independientes
La comercialización de identidades vocales también llegó a figuras reconocidas de la industria audiovisual. Matthew McConaughey participó en iniciativas de ElevenLabs y utilizó su tecnología para producir una versión en español de su boletín informativo. Michael Caine también fue anunciado entre las figuras vinculadas a acuerdos de utilización autorizada de voces, una muestra del interés comercial que despiertan las identidades reconocibles.
Sin embargo, las condiciones de negociación pueden ser muy diferentes entre una celebridad y un trabajador independiente. Un actor reconocido dispone de una identidad comercial con valor propio y puede exigir remuneraciones elevadas, restricciones de uso y autorizaciones específicas. En cambio, un locutor que trabaja para pequeñas productoras suele tener menos capacidad para imponer condiciones, especialmente cuando compite con miles de voces sintéticas disponibles a bajo costo.
El fenómeno también alcanza a actores que autorizan la creación de réplicas digitales de sus rostros, expresiones y movimientos corporales. Estas representaciones pueden utilizarse en películas, videojuegos, campañas publicitarias y presentaciones virtuales. La tecnología permite generar nuevas escenas a partir de materiales previamente registrados, incluso cuando el intérprete no participa físicamente de la producción.
La controversia aparece cuando los acuerdos permiten una explotación demasiado amplia de esas características personales. En 2025, el sitio especializado PetaPixel documentó casos de intérpretes que se arrepintieron de haber autorizado la utilización de sus imágenes por empresas de inteligencia artificial, después de enfrentar dificultades para controlar los destinos comerciales de sus réplicas. Los testimonios reflejan la diferencia entre cobrar por una actuación determinada y conceder derechos sobre una representación digital que puede reutilizarse en múltiples proyectos.
Fotógrafos y artistas frente a la reproducción de sus estilos
En la fotografía, la ilustración y las artes visuales, la transformación presenta características diferentes. Los sistemas generativos pueden entrenarse con grandes cantidades de imágenes para identificar patrones de composición, iluminación, formas, colores y otros elementos visuales. A partir de ese aprendizaje, producen nuevas imágenes mediante instrucciones escritas, sin que necesariamente exista una intervención directa de los autores cuyos materiales fueron utilizados.
Algunas empresas comenzaron a establecer mecanismos de compensación para los colaboradores cuyas obras participan de estos procesos. Adobe implementó pagos relacionados con la utilización de contenidos de Adobe Stock en el desarrollo de Firefly, mientras que Shutterstock creó un fondo para determinados autores cuyos materiales fueron licenciados para aplicaciones de inteligencia artificial. Sin embargo, estos programas no garantizan necesariamente una regalía individual por cada imagen generada.
También surgieron herramientas que permiten a ilustradores y diseñadores desarrollar modelos entrenados con sus propias obras y ofrecer nuevas producciones bajo condiciones específicas. Plataformas como Exactly.ai promueven sistemas basados en materiales aportados voluntariamente por los artistas. No obstante, persisten controversias sobre el consentimiento y la remuneración cuando las empresas utilizan contenidos obtenidos de internet sin acuerdos individuales con sus creadores.
El riesgo particular de este sector es la pérdida de diferenciación artística. Un fotógrafo puede haber dedicado décadas a desarrollar una estética reconocible, mientras que un ilustrador construyó su trayectoria mediante técnicas y recursos visuales propios. Si un sistema permite generar numerosas imágenes con características similares, la exclusividad comercial de ese trabajo puede disminuir. La dificultad jurídica radica en que las leyes de derechos de autor protegen obras concretas, pero no necesariamente los estilos considerados de manera abstracta.
La paradoja de entrenar a la tecnología que puede reemplazarlos
La principal contradicción de este negocio es que un profesional puede obtener ingresos por licenciar una capacidad que posteriormente será utilizada para reducir la contratación de personas dedicadas a la misma actividad. Un locutor que autoriza la reproducción de su voz puede cobrar regalías mientras las empresas reemplazan nuevas sesiones de grabación por contenidos sintéticos. La operación puede resultar rentable individualmente y, al mismo tiempo, modificar las condiciones laborales de toda una profesión.
Esta situación plantea un riesgo de sustitución que no depende exclusivamente de la voluntad del trabajador. Si una empresa puede producir cientos de locuciones utilizando una voz previamente licenciada, disminuye la necesidad de contratar nuevas sesiones para determinados encargos. Algo similar puede ocurrir con fotografías comerciales, ilustraciones, doblajes y producciones audiovisuales de menor presupuesto. Sin embargo, el alcance de estos desplazamientos varía según la actividad y todavía no existe evidencia suficiente para cuantificar sus consecuencias de manera uniforme.
La preocupación impulsó movilizaciones y reclamos de actores de doblaje en distintos países. En México, intérpretes y organizaciones profesionales exigieron mayores garantías frente a la clonación de voces sin autorización, mientras que en España se desarrollaron campañas contra la sustitución del doblaje humano mediante inteligencia artificial. Los planteos incluyen la protección de la identidad vocal, el consentimiento informado y la preservación de las fuentes de trabajo.
También existen profesionales que consideran estas herramientas una oportunidad económica. Algunas plataformas difundieron experiencias de creadores que obtuvieron ingresos adicionales mediante la comercialización de sus voces digitales e incluso consiguieron nuevos clientes a partir de esa exposición. Estos testimonios muestran posibilidades concretas de monetización, aunque no permiten establecer que los beneficios alcancen por igual a todos los participantes.
El riesgo de perder el control sobre la propia identidad
Más allá de la sustitución laboral, uno de los principales peligros es que las características personales de un profesional terminen utilizándose en contenidos que nunca habría aceptado. Una voz clonada puede aparecer en publicidades engañosas, mensajes políticos, estafas o producciones ofensivas. Un rostro digitalizado puede incorporarse a campañas comerciales ajenas a la trayectoria del actor, mientras que un estilo artístico puede reproducirse en contextos que contradicen los intereses de su creador.
El daño potencial no se limita a la utilización comercial. Una identidad profesional puede haberse construido durante décadas mediante decisiones artísticas, vínculos con determinadas marcas y una reputación pública. Cuando terceros pueden reproducirla artificialmente, aparece el riesgo de que el público atribuya al creador expresiones, interpretaciones o mensajes que nunca realizó.
La situación se agrava cuando las réplicas digitales circulan fuera de las plataformas originales. Aunque una empresa retire determinado contenido o suspenda una licencia, pueden subsistir copias descargadas, publicaciones realizadas por terceros o materiales redistribuidos en otros servicios. La capacidad de detener nuevas generaciones no garantiza necesariamente la desaparición de todas las reproducciones anteriores.
También existen riesgos relacionados con la privacidad y la seguridad de los datos. Las grabaciones vocales, los registros faciales y otros materiales personales pueden utilizarse para desarrollar herramientas de identificación o reproducción sintética. No toda grabación de voz constituye automáticamente un dato biométrico sensible en términos jurídicos, pero su tratamiento puede involucrar información personal protegida, especialmente cuando se emplea para identificar de manera singular a una persona.
La ilusión de las regalías y las dificultades para controlar los pagos
Otro de los problemas centrales aparece en los contratos que prometen ingresos recurrentes. Una plataforma puede ofrecer compensaciones por cada utilización de una voz o réplica digital, pero el profesional necesita conocer cuántas veces se utilizó realmente su modelo, qué ingresos produjo y qué porcentaje le corresponde. Sin mecanismos de verificación, queda sujeto a la información proporcionada por la propia empresa.
La situación puede resultar especialmente compleja cuando los contenidos se generan para clientes ubicados en distintos países o cuando existen intermediarios comerciales. Un modelo de voz puede utilizarse para producir miles de locuciones, pero el creador difícilmente podrá comprobar ese volumen si no cuenta con registros detallados, informes periódicos y derechos de auditoría establecidos contractualmente.
Por ese motivo, algunos acuerdos contemplan remuneraciones mixtas que combinan un pago inicial por la captura de materiales con regalías vinculadas a la explotación posterior. Esta modalidad permite reconocer el trabajo necesario para desarrollar el modelo y, al mismo tiempo, establecer una participación económica en los beneficios futuros. Sin embargo, tampoco garantiza ingresos elevados ni evita que las condiciones comerciales cambien con el tiempo.
La concentración del mercado en grandes plataformas tecnológicas introduce otra desigualdad. Las empresas controlan la infraestructura, las herramientas de distribución y buena parte de los registros de utilización, mientras que los profesionales aportan sus identidades y materiales creativos. La capacidad de negociar depende entonces no solamente del valor artístico del trabajador, sino también de su reconocimiento público, representación sindical y acceso a asesoramiento especializado.
Abogados y escribanos frente a los contratos de inteligencia artificial
La comercialización de identidades digitales comenzó a exigir acuerdos jurídicos más complejos que los contratos tradicionales de prestación de servicios. Ya no alcanza con establecer cuánto cobrará un locutor por una grabación o un actor por participar de una película. También es necesario determinar si esos materiales podrán utilizarse para entrenar modelos, generar nuevas interpretaciones, reproducir características personales o autorizar su explotación comercial por terceros.
Uno de los principios que adquiere importancia es distinguir la autorización para utilizar una obra de la autorización para entrenar un sistema de inteligencia artificial. Un profesional puede aceptar que una empresa reproduzca una grabación en una campaña determinada sin permitir que esa misma grabación sirva para desarrollar un clon vocal. La diferencia debe quedar expresamente establecida para evitar interpretaciones amplias de los derechos concedidos.
Los acuerdos también pueden delimitar los usos permitidos, los territorios, la duración y las condiciones de exclusividad. Por ejemplo, una licencia podría autorizar la utilización de una voz para publicidades radiales en Argentina durante un período determinado, pero excluir su reproducción en propaganda política, contenidos para adultos o campañas de apuestas. También pueden establecerse renovaciones sujetas a nuevas negociaciones, en lugar de conceder autorizaciones perpetuas.
En este escenario, los abogados especializados en propiedad intelectual y derechos de imagen pueden intervenir para negociar cláusulas de protección, mecanismos de auditoría y procedimientos de rescisión. Los escribanos, por su parte, pueden certificar firmas, acreditar identidades y aportar seguridad documental sobre los acuerdos celebrados. Sin embargo, su intervención no garantiza que las condiciones sean equilibradas ni que una plataforma pueda eliminar completamente los efectos tecnológicos de una autorización.
Las cláusulas que buscan proteger el capital creativo
Entre las herramientas contractuales que comenzaron a adquirir relevancia aparecen los mecanismos de aprobación previa. Estos permiten establecer que determinados contenidos generados mediante una réplica digital deban contar con una nueva autorización del profesional antes de publicarse. El objetivo es impedir que una licencia general se convierta en un permiso ilimitado para utilizar su identidad en cualquier proyecto.
También pueden incorporarse derechos de inspección y auditoría para verificar los registros de utilización y las liquidaciones de regalías. En algunos acuerdos se prevén informes periódicos, mecanismos de trazabilidad y procedimientos para resolver diferencias sobre los pagos. Estas herramientas resultan particularmente importantes cuando la remuneración depende de operaciones que el creador no puede observar directamente.
Otra cuestión es la posibilidad de revocar la autorización o retirar una réplica digital del mercado. Los contratos pueden establecer causas de rescisión, obligaciones de suspensión y procedimientos para eliminar archivos o desactivar modelos. Sin embargo, esas disposiciones deben contemplar las limitaciones técnicas existentes, porque la eliminación de datos originales no siempre permite revertir completamente el entrenamiento de un sistema.
Algunos profesionales también buscan reforzar la protección de sus identidades mediante el derecho marcario, cuando determinadas denominaciones, signos o elementos distintivos cumplen los requisitos para registrarse como marcas. No obstante, el registro de una marca no concede automáticamente propiedad exclusiva sobre una voz, un rostro o un estilo artístico. Se trata de una herramienta complementaria cuya eficacia depende de las características del signo registrado y del uso cuestionado.
Las respuestas sindicales y las nuevas regulaciones
La preocupación por estas prácticas llevó a distintas organizaciones sindicales a negociar acuerdos específicos. En Estados Unidos, SAG-AFTRA estableció condiciones para la utilización de réplicas digitales, entre ellas un convenio con Replica Studios para el empleo de voces sintéticas en videojuegos. El acuerdo contempla consentimiento informado, compensaciones económicas y autorizaciones vinculadas a los proyectos y períodos de utilización.
Estas negociaciones buscan impedir que una empresa obtenga derechos generales sobre la identidad de un intérprete mediante cláusulas incorporadas a contratos convencionales. También procuran diferenciar la remuneración por una actuación original del pago correspondiente a su reproducción artificial. Sin embargo, las condiciones alcanzadas por determinados sindicatos no constituyen reglas universales y su aplicación depende de los convenios y las jurisdicciones involucradas.
En la Unión Europea, el Reglamento de Inteligencia Artificial incorporó obligaciones de transparencia para determinados contenidos generados o manipulados artificialmente, incluidas exigencias relacionadas con los llamados deepfakes. Estas disposiciones buscan facilitar la identificación de materiales sintéticos y reducir los riesgos de engaño, aunque no establecen por sí solas un sistema general de regalías para los profesionales cuyas identidades son reproducidas.
Estados Unidos presenta un escenario regulatorio fragmentado, con normas que varían según los estados. Tennessee aprobó la ELVIS Act para reforzar la protección de las voces frente a determinadas utilizaciones no autorizadas de inteligencia artificial. En paralelo, sindicatos y organizaciones profesionales reclaman reglas más precisas sobre consentimiento, remuneración, reproducción de identidades y responsabilidad de las empresas tecnológicas.
Qué protección existe en Argentina para la voz y la imagen
En Argentina, el artículo 53 del Código Civil y Comercial establece que la captación o reproducción de la imagen o la voz de una persona requiere su consentimiento, con determinadas excepciones vinculadas a actos públicos, intereses científicos o culturales prioritarios y al ejercicio regular del derecho de informar. Esta disposición constituye una herramienta jurídica relevante frente a utilizaciones no autorizadas de identidades personales, aunque su aplicación a las distintas modalidades de inteligencia artificial exige analizar las circunstancias de cada caso.
El país también cuenta con normas sobre derechos de autor y protección de datos personales. Sin embargo, esos regímenes no resuelven automáticamente todas las controversias vinculadas con el entrenamiento de modelos, la reproducción de estilos creativos o la comercialización de réplicas digitales. Una fotografía, una interpretación vocal y un conjunto de datos utilizados para entrenar una herramienta pueden involucrar derechos diferentes y requerir respuestas jurídicas específicas.
La cuestión adquiere especial importancia para locutores, actores, periodistas, docentes, músicos y otros trabajadores argentinos que reciben propuestas de empresas radicadas en el exterior. Además de la remuneración, resulta fundamental conocer qué legislación regirá el contrato, dónde deberán resolverse los conflictos y cuáles serán las posibilidades reales de reclamar frente a una utilización indebida. Un acuerdo inicialmente atractivo puede convertirse en un problema si obliga al profesional a iniciar un litigio internacional para defender sus derechos.
Por ese motivo, el asesoramiento jurídico especializado adquiere importancia antes de entregar grabaciones, fotografías, registros faciales o materiales creativos. La documentación de las autorizaciones, la delimitación de sus finalidades y los mecanismos de supervisión pueden reducir determinados riesgos. Sin embargo, ninguna cláusula contractual constituye una garantía absoluta cuando los contenidos ya fueron reproducidos, descargados o distribuidos fuera de la plataforma original.
La explotación de identidades digitales después de la muerte
La expansión de este mercado también alcanzó a personas fallecidas. Empresas especializadas comenzaron a desarrollar reproducciones autorizadas de voces históricas mediante acuerdos con representantes y herederos, destinadas a narraciones, producciones audiovisuales y otros contenidos. La tecnología permite recrear características vocales a partir de registros existentes, aunque la legitimidad de cada utilización depende de las autorizaciones correspondientes y de la legislación aplicable.
En Argentina, el artículo 53 del Código Civil y Comercial contempla que, después del fallecimiento, el consentimiento para reproducir la imagen o la voz puede ser otorgado por los herederos o por la persona designada mediante una disposición de última voluntad. También establece reglas para resolver desacuerdos entre herederos y dispone que, transcurridos veinte años desde la muerte, la reproducción no ofensiva es libre. Esto no elimina necesariamente otros derechos que puedan existir sobre grabaciones, interpretaciones u obras protegidas.
La posibilidad de comercializar réplicas póstumas introduce interrogantes sobre la voluntad de los artistas, el control familiar de sus identidades y los límites de su explotación económica. Una persona podría autorizar determinados usos de su voz después de morir, pero también podrían surgir conflictos sobre proyectos que nunca conoció ni habría aceptado. La capacidad tecnológica de reproducir una interpretación no equivale necesariamente a contar con legitimidad jurídica o ética para hacerlo.
El fenómeno podría extenderse progresivamente a otras profesiones. Un docente puede desarrollar una versión digital que explique contenidos educativos con su voz; un periodista, un presentador virtual que reproduzca su manera de comunicar; y un consultor, un asistente entrenado con materiales de su experiencia profesional. Aunque estas aplicaciones presentan distintos grados de desarrollo, muestran cómo la automatización de capacidades humanas puede avanzar más allá de las industrias artísticas.
La mercantilización de la identidad y el futuro del trabajo
Desde una perspectiva económica, esta transformación consiste en convertir características profesionales y personales en activos digitales explotables. La voz de un locutor, la apariencia de un actor o el catálogo de un fotógrafo dejan de estar vinculados exclusivamente a trabajos individuales y pueden convertirse en recursos utilizados repetidamente para producir nuevos bienes y servicios. La actividad abre así un mercado en el que se comercializa no solamente una obra, sino también la capacidad de reproducir determinadas características de su creador.
Esta dinámica modifica la distribución del valor económico. Las plataformas aportan infraestructura tecnológica, capacidad de procesamiento y acceso a clientes, mientras que los profesionales contribuyen con identidades, interpretaciones y obras desarrolladas durante años. La discusión consiste en determinar cuánto corresponde a cada parte, quién conserva el control sobre los materiales y qué sucede cuando el sistema puede generar contenidos sin nuevas intervenciones humanas.
También aparece una desigualdad entre quienes poseen identidades reconocidas y capacidad de negociación y quienes dependen de contratos estandarizados. Las celebridades pueden exigir autorizaciones particulares y compensaciones elevadas, mientras que los trabajadores independientes suelen enfrentar condiciones menos favorables. En ese contexto, la existencia de regalías no garantiza necesariamente una distribución equitativa de las ganancias derivadas de la automatización.
La expansión de las réplicas digitales plantea así una disputa que excede el desarrollo tecnológico. No se trata solamente de establecer si una máquina puede reproducir una voz, una imagen o una creación artística, sino de determinar quién obtiene beneficios de esa reproducción y bajo qué condiciones. El crecimiento de los acuerdos comerciales demuestra que existe una oportunidad económica, mientras que las controversias laborales y jurídicas advierten sobre consecuencias que pueden resultar difíciles de revertir.
La pregunta que comienza a atravesar a las industrias creativas es si los profesionales están construyendo nuevas fuentes de ingresos mediante sus identidades digitales o si, al mismo tiempo, están contribuyendo a desarrollar herramientas capaces de sustituir parte de su trabajo. La respuesta dependerá de las condiciones de contratación, la capacidad de negociación colectiva, la evolución de las regulaciones y el control efectivo sobre las réplicas.
En definitiva, la inteligencia artificial abrió un mercado en el que una persona puede seguir generando valor económico sin participar directamente de cada nueva producción. Pero también introdujo la posibilidad de que su voz, su rostro o su creatividad continúen siendo explotados comercialmente cuando ya no tenga intervención sobre ellos. La discusión sobre el futuro del trabajo ya no se limita a determinar qué tareas podrán realizar las máquinas, sino también quién tendrá derecho a utilizar, controlar y obtener ganancias de las versiones digitales de las capacidades humanas.
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