A través de una resolución, el Gobierno fijó un nuevo índice para actualizar las remuneraciones que se toman en cuenta al momento de calcular las prestaciones previsionales iniciales de los trabajadores en relación de dependencia.
Se trata de la Disposición 10/2026 de la subsecretaría de Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial, que rige para quienes dejen la actividad laboral a partir del 31 de agosto de 2026 o requieran el beneficio jubilatorio desde el 1º de septiembre.
La medida no modifica ni establece un nuevo mecanismo para las jubilaciones que ya se encuentran en curso de pago, sino que lo que hace es actualizar los salarios históricos que tiene en cuenta el sistema para calcular el haber.
Este mecanismo está regido por la Ley Nº27.609, la cual establece la aplicación de un índice combinado trimestral para las remuneraciones contempladas en los artículos 24º y 97º de la Ley Nº24.241.
Para estructurar el indicador, la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social combina los parámetros de ley, entre los que interviene de forma directa la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). En ese sentido, dicho coeficiente refleja la evolución de los salarios formales y sujetos a aportes del sistema integrado previsional.
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