La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país la venta, distribución y uso de los productos de las marcas CAFLAB y CAFLAB Applied Science destinados a la medicina humana, luego de detectar que no contaban con autorización sanitaria. Entre los productos alcanzados por la medida figura una solución de ácido tricloroacético al 30 por ciento que se ofrecía como tratamiento para distintas afecciones de la piel. Según la información que aparecía en su envase, estaba indicada para remover verrugas y condilomas asociados al virus del papiloma humano, además de tratar queratosis, cicatrices y realizar procedimientos de peeling.
El caso llegó a conocimiento de las autoridades a partir de una denuncia presentada por una persona que había comprado el producto a través de Mercado Libre. A partir de esa presentación, la ANMAT revisó el envase, las publicaciones de venta y la información disponible sobre la firma.
La investigación determinó que el producto se presentaba con indicaciones terapéuticas y, por sus características, debía contar con autorización como medicamento. Sin embargo, no existía un registro sanitario que permitiera comprobar su composición, seguridad, eficacia y las condiciones en las que había sido elaborado.
A esto se sumó otro dato: la autoridad bonaerense informó que no había ningún establecimiento farmacéutico habilitado bajo el nombre Laboratorio CAFLAB Applied Science. Tampoco existía habilitación para funcionar como establecimiento farmacéutico en el domicilio de Luis Guillón que figuraba en las etiquetas.
Por esos motivos, la ANMAT resolvió impedir que los productos de esas marcas destinados a personas sigan siendo comercializados o utilizados hasta que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria. La medida quedó establecida mediante la Disposición 5970/2026, publicada en el Boletín Oficial.
En la misma jornada, la ANMAT también prohibió la venta y el uso de siete productos médicos de Medtronic Latin America Inc. que habían sido robados de un vehículo en Rosario. En este caso, la restricción alcanza únicamente a las unidades sustraídas, utilizadas para administrar insulina y controlar los niveles de glucosa, porque no se puede comprobar en qué condiciones permanecieron desde el robo.
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