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La participación de consumidores que nunca tuvo formalización

La falta de organismos de control cercanos y la disolución del OCABA dejaron a los usuarios con pocas vías para reclamar

Son cada vez más recurrentes los problemas con el servicio hídrico

Por Redacción

Los platenses tienen cada vez menos vías cercanas para reclamar por los problemas con el servicio de agua. Aunque existen organismos provinciales encargados de controlar a la empresa prestataria, los mecanismos de reclamo se fueron concentrando y los usuarios quedaron más alejados de los espacios donde se toman las decisiones.

ABSA tiene una composición mayoritariamente estatal: el Estado bonaerense posee el 90% de las acciones, mientras que el 10% restante está en manos de trabajadores provenientes de la antigua empresa concesionaria. De esta manera, la Provincia cumple un doble rol: es prestadora del servicio y, al mismo tiempo, responsable de su control a través de la Autoridad del Agua (ADA).

En Gonnet y Villa Castells, los vecinos habían encontrado una vía cercana para reclamar por los problemas con la calidad del agua. A través de la Justicia de Faltas de La Plata, lograron una medida que obligaba a ABSA a entregar bidones de agua potable y suspender el cobro del servicio a los usuarios afectados. Sin embargo, esa alternativa quedó descartada luego de que la Suprema Corte bonaerense determinara que la Justicia local no tiene competencia para intervenir sobre un servicio público de jurisdicción provincial.

ORGANISMOS DE CONTROL

El actual esquema de control es consecuencia de una serie de modificaciones realizadas desde la privatización del servicio. El primer organismo regulador fue el ORBAS, creado por la Ley 11.820. Con la privatización, el Decreto 743/99 modificó su denominación y pasó a llamarse ORAB.

Ese organismo contemplaba formalmente la participación de los usuarios, ya que uno de los integrantes de su directorio debía ser designado a propuesta de la asociación de consumidores y usuarios más representativa del sector.

Luego de la rescisión del contrato con Azurix, la empresa multinacional que había quedado a cargo del servicio, la prestación fue estatizada. Así nació ABSA, una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria: el 90% de las acciones quedó en manos de la Provincia y el 10% en manos de los trabajadores provenientes de Azurix.

Con el nuevo marco regulatorio, aprobado por el Decreto 878/03 y convalidado por la Ley 13.154, el ORAB pasó a denominarse OCABA. La estructura mantuvo la representación de los usuarios dentro del directorio.

Sin embargo, esa participación desapareció cuando la Ley 14.989 disolvió el OCABA y transfirió sus funciones a la ADA. Desde entonces, el control de los servicios de agua potable y desagües cloacales quedó concentrado en ese organismo provincial.

La ADA es una entidad autárquica de derecho público y tiene entre sus principales funciones la reglamentación, supervisión y vigilancia de las actividades vinculadas con el estudio, captación, uso, conservación y evacuación del agua.

También interviene en la formulación de la política hídrica provincial, establece prioridades para el uso del recurso, fija cánones y contribuciones, determina dotaciones de agua y puede disponer restricciones o suspensiones del suministro ante determinadas situaciones. A esto se suman tareas relacionadas con la protección del recurso hídrico y la coordinación con otros organismos para la planificación y preservación de las cuencas.

UNA SINDICATURA QUE NUNCA LLEGÓ A FUNCIONAR

En paralelo, la Provincia intentó recuperar algún mecanismo de participación ciudadana. La Ley 14.745 incorporó el artículo 50 bis al marco regulatorio y creó la Sindicatura de Usuarios dentro del organismo de control, con la función de representar los intereses de quienes utilizan el servicio de agua potable.

La norma estableció que debía estar integrada por asociaciones de usuarios y consumidores legalmente constituidas y que contaría incluso con un presupuesto de funcionamiento de hasta el 5 por ciento del total asignado al organismo de control. Los representantes, en tanto, desempeñarían sus funciones ad honorem.

La ley fue promulgada en agosto de 2015. Sin embargo, más de diez años después, esa estructura nunca habría llegado a formalizarse. De acuerdo con el material analizado, en noviembre de ese mismo año el entonces OCABA había encomendado a dos abogados las gestiones necesarias para poner en marcha, constituir, organizar y reglamentar la Sindicatura de Usuarios.

La cuestión es que, con la posterior disolución del OCABA y el traspaso de sus funciones al ADA, tampoco quedó consolidado ese mecanismo de participación.

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