La disputa por las tarifas de electricidad en la provincia de Buenos Aires sumó un nuevo capítulo. El Gobierno de Axel Kicillof y las cuatro principales distribuidoras del territorio bonaerense Edelap, Eden, Edea y Edes, todas pertenecientes al Grupo Desa, apelaron la medida cautelar que frenó los aumentos de luz aplicados desde julio y ordenó retrotraer los componentes provinciales de las facturas al cuadro tarifario anterior.
El planteo original había sido impulsado por la Defensoría del Pueblo bonaerense, a cargo de Guido Lorenzino, contra los incrementos autorizados a través de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura. Las subas, que comenzaron a regir el 1° de julio, oscilaban entre el 1,5% y el 3,5%.
La Justicia no solo suspendió esas actualizaciones, sino que también ordenó a las empresas devolver los aumentos que ya habían sido cobrados desde la entrada en vigencia de la resolución. Días después, a pedido de la Defensoría, aclaró que la medida también alcanzaba a las cooperativas eléctricas bajo jurisdicción provincial y municipal.
Uno de los principales argumentos utilizados por el juez para hacer lugar al planteo fue la falta de audiencias públicas. En los fundamentos del fallo se cuestionó que durante una década no se hubiera realizado una instancia de participación de los usuarios antes de las actualizaciones tarifarias.
Ahora, tanto la Provincia como las distribuidoras buscan que la Cámara revoque la cautelar o, al menos, que los recursos tengan efecto suspensivo. El expediente quedó en manos de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, luego de que el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, concediera las apelaciones.
El Gobierno bonaerense recurrió a la Justicia a través de la Fiscalía de Estado y centró buena parte de su presentación en cuestionar la obligatoriedad de realizar una audiencia pública antes de cada actualización tarifaria.
Las distribuidoras, por su parte, plantearon además dificultades operativas y financieras. Sostienen que no tienen facultades para confeccionar por su cuenta un nuevo cuadro tarifario, sino que solo pueden facturar aquellos aprobados formalmente por el Ministerio de Infraestructura, con intervención del Oceba.
En ese sentido, cuestionan que la cautelar haya ordenado volver al cuadro tarifario anterior para los componentes provinciales, pero manteniendo vigentes los precios nacionales correspondientes a la energía, la potencia y el transporte.
Según las empresas, esa combinación genera un esquema “híbrido” que nunca fue aprobado por la autoridad competente y que resulta de difícil aplicación.
Las distribuidoras también señalaron que la Resolución 585/2026 fue posteriormente reemplazada por la Resolución 682/2026. Por ese motivo, sostienen que la cautelar terminó alcanzando un acto administrativo posterior que no había sido específicamente impugnado en la demanda.
Ahora, la definición quedó en manos de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que deberá resolver si mantiene, modifica o deja sin efecto la cautelar.
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