Revelan detalles del fallo que autorizó a Sandra Mihanovich a donar un riñón a su ahijada

La sentencia que autorizó a la cantante Sandra Mihanovich a donar un riñón a su ahijada previó la posibilidad que la dadora pudiera revocar su decisión “hasta el instante” de la intervención quirúrgica, informaron fuentes judiciales.

Para otorgar el permiso excepcional, ya que, entre vivos, la ley impone que se trate de cónyuges o haya un vínculo de parentesco por consanguinidad (inexistente en el caso de Sandra Mihanovich), el juez federal Jorge Nobili consideró que la donante expresó su “consentimiento informado” y su voluntad de “dar amor”.

Según el fallo firmado el 30 de julio último, pero cuyos detalles fueron difundidos ayer, el juez evaluó que durante el trámite del proceso “sumarísimo” se celebró una audiencia en la que estuvieron presentes peritos médicos -psiquiátrico y clínico-, un asistente social y un representante del INCUCAI. El magistrado instó a interpretar el espíritu de la ley porque, “no se trata solamente que las normas generales sean justas, también deben serlo su aplicación a los casos concretos”, ya que “de lo contrario, esas soluciones, por injustas y disvaliosas, son inconstitucionales” El juez tuvo por probada la relación de “profunda amistad” entre la donante y receptora (madrina y ahijada de bautismo, respectivamente) y su familia y que hubo “consentimiento informado” de ambas sobre los riesgos de la operación de ablación e implante; sus secuelas físicas y psíquicas ciertas o posibles y la evolución previsible.

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