Nuevo Código Civil: prevén aumento de expensas en edificios de la Ciudad

Es porque pasaría a considerar expensas ordinarias a algunos rubros que hasta el momento son incluidos como gastos extraordinarios. Los detalles

 

El nuevo Código Civil pasaría a considerar expensas ordinarias a algunos rubros que hasta el momento son incluidos como gastos extraordinarios, por lo que se prevé aumentarán las expensas en edificios de la Ciudad. 

Es que ahora, pintar el inmueble, reparar una conexión de agua, e instalar una rampa para discapacitados en caso de que no la tuviera, pasará a ser un gasto común, aunque la aplicación todavía genera múltiples interrogantes y no está exenta de polémica.

Desde la Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata aseguran que “el porcentaje dependerá de cada consorcio y de los gastos que deban afrontar”, por lo cual el incremento no será uniforme.

Ariel Coppari, vicepresidente de la Cámara de Administradores de La Plata, dijo que “los gastos de reparación, estética y mantenimiento del edificio pasarán a formar parte de los gastos comunes. Aquel que es propietario afrontará los mismos costos, pero se puede encarecer para los inquilinos, que deben pagar las expensas ordinarias”.

Hay un artículo que es clave en el nuevo Código Civil. Se trata del 2048, que se refiere exclusivamente a las expensas de los consorcios y que delimita qué se incluirá en los gastos comunes de los consorcios.

¿Qué queda para las expensas extraordinarias? Los gastos que le sumen un valor agregado al edificio, al consorcio. Por ejemplo, la compra de un grupo electrógeno. O bien puede ser la instalación de un solarium, un sauna u otro elemento que en la actualidad carece el consorcio y le suma un servicio al inmueble.

El abogado Carlos Garobbio, especialista en derecho civil y comercial, apuntó que “todo será materia de interpretación. Mientras se acomode la sociedad a las nuevas reglas pueden surgir conflictos que deberán ser resueltos por los jueces.  Al propietario no le va a cambiar la variable de gastos, pero a los inquilinos puede ser que sí”.

Los especialistas también aseguran que “con el nuevo Código el consorcio se hacer cargo de toda la extensión de la red de agua del edificio. El espíritu de la nueva normativa es que al hacerlo en forma comunitaria la solución a una filtración en un departamento no dependerá si el ocupante tiene el dinero disponible o no para afrontar el trabajo de restauración. Lo hace el consorcio y se pasa a las expensas comunes. En algunas oportunidades le tocará a un vecino, y en  otra a una unidad funcional diferente y así entre todos pueden resolver con mayor celeridad un inconveniente cotidiano que puede traer serios trastornos a un consorcista. 

 

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