Baleó a una nena jugando a la “ruleta rusa”: 7 años de cárcel

Un acusado de haberle disparado en la cara a la hija de 5 años de su pareja, que salvó su vida de milagro, durante un “juego” que realizó en su casa, tipo “ruleta rusa”, fue condenado ayer a siete años y medio de prisión, al ser considerado autor responsable del delito de “tentativa de homicidio simple, agravado por el uso de arma”, en un marco de “violencia de género”.

En el fallo dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, se dio por acreditado que, en el juicio quedó acreditado que “el 4 de enero de 2013, a las 22,30, en una casa de calle 136, entre 78 y 79, el acusado Facundo Ismael Ortíz Díaz, que maniobraba un arma de fuego dentro de una de las habitaciones donde dormía la niña y sus dos hermanitos, apuntó primero a los niños y luego a la niña de cinco años, a quien finalmente le disparó un tiro que ingresó por la mejilla derecha y salió por detrás de la oreja derecha”.

En su voto, el juez Germán Alegre -que contó con la adhesión de sus colegas Emir Caputo Tártara y Andrés Vitali- dio por probado que autor del hecho es el imputado Ortíz Díaz.

El magistrado descartó la hipótesis del disparo accidental planteada por la defensa del imputado, al considerar que la mecánica del hecho, según los testigos es la siguiente: el acusado le apuntó con su arma a la menor y apretó el gatillo, configurando ello un “dolo directo” (intención de matar).

En el supuesto de considerar lo propuesto por la defensa, recurriendo al relato de la víctima que señaló en cámara Gessel que se trató de un “juego”, al menos estamos ante la figura del “dolo eventual”, es decir, que el imputado sabía que podía ocasionarle un daño a la niña, pero no le importó y continuó con su acción, se afirma en el fallo.

Para graduar la condena aplicada, ta como la había pedido la fiscal de Juicio Florencia Budiño, el juez valoró como agravantes los antecedentes penales del imputado, que “aumenta el reproche de culpabilidad que corresponde hacer al autor que contando con una advertencia anterior, resuelve nuevamente cometer un hecho antijurídico”.

También tomó en cuenta contra el procesado “la corta edad de la menor víctima , que el hecho se cometió en el seno del hogar, en la habitación de la niña y sus hermanitos menores de 3 y 2 años, toda vez que esta debería ser el primer ámbito de protección y el rol que el acusado ocupaba de jefe de familia”.

Además que la niña sufrió violencia de género, porque “aquí hubo una relación desigual de poder, que puso en riesgo su vida, por su doble condición de menor y mujer”, se precisó en el veredicto condenatorio.

Cabe destacar que la causa que investigó el hecho estuvo a cargo del fiscal Alvaro Garganta.

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Tribunal Oral

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