

Aunque la llamada “porno venganza” puede afectar a hombres y mujeres por igual, quienes estudian el tema aseguran que son ellas las que casi siempre quedan en el lugar de víctimas - shutterstock
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Conocido también como “porno vengativo”, los expertos coinciden en una escalada de situaciones que, en su mayoría, tiene a mujeres como principales víctimas
Aunque la llamada “porno venganza” puede afectar a hombres y mujeres por igual, quienes estudian el tema aseguran que son ellas las que casi siempre quedan en el lugar de víctimas - shutterstock
En tiempos de seres solos pero conectados y de un lenguaje que se hizo emoticones, de los cuernos y de la “porno venganza” no parecería salvarse nadie. Que lo diga, sino, María B. N., una arquitecta de City Bell humillada hace poco en las redes sociales por su amante despechado. Las historias siempre son anteriores pero esta podría comenzar así: luego de que María -casada, dos hijos- engañara a su pareja con un compañero del trabajo durante casi seis meses, un buen día del año pasado decidió ponerle fin a la aventura y cortó así el amorío clandestino. Su amante intentó que la relación no terminara y hasta amenazó con filtrar un video que ambos grabaron en una noche de sábado de súper acción. Ella no le creyó hasta que lo creyó: en el video, subido a fines del año pasado y vuelto viral en varios grupos de WhatsApp de La Plata, alrededores y tal vez más allá, se la ve a ella en pleno acto sexual durante no más de 30 segundos y, acaso sin avizorar el terrible futuro y algo envalentonada por el alcohol y la temperatura, sonriendo a la camarita del celu mientras completa una felación con final feliz. Aunque de feliz, en verdad, su final no tuvo nada.
“Son situaciones de violencia de género, además de un atentando a la privacidad. Demuestra una gran crueldad y es comparable a fuertes golpizas e incluso a heridas con arma blanca”
El caso, que fue “el tema” de charla en varios grupos de City Bell y sus verdes alrededores durante este verano, parece bizarro pero nada inusual. Casi lo contrario: de la mano con la expansión de las redes sociales y de un mundo al que se lo vive en estado de pantallita, las represalias por despecho y la violencia de género adquirieron también su versión online. Y son, lo dicen quienes estudian el tema, cada vez más. Un informe publicado por la Comisión de Banda Ancha de las Naciones Unidas, de hecho, reveló que cerca de tres cuartas partes de las usuarias de internet han estado expuestas a alguna forma de violencia cibernética.
El mecanismo es bien sabido: el agresor comparte en internet (sin el consentimiento de la otra parte) fotos o videos que muestran a la víctima en situaciones sexuales o desnuda. Llamada “porno venganza” por la mayoría, no es más que una forma de escrache digital que se usa para humillar a ex parejas.
“Actualmente hay un proyecto que propone la pena con prisión para esta práctica y representa un avance en el tema, dado que no existen en el país leyes específicas que combatan el problema -asegura Raúl Martínez Fazzalari, abogado especialista en delitos informáticos-. El proyecto fue presentado por la senadora nacional Marina Riofrio y ya fue aprobado en el Senado y ahora espera su sanción definitiva en Diputados. Yo comparto su tipificación, ya que viene a cubrir la practica que más se esta dando y que tiene consecuencias terribles para sus víctimas”.
Las víctimas, hay que decir, casi siempre son mujeres. Si bien los hombres también pueden ser víctimas de esta forma de agravio, de este escrache ciberespacial, casi siempre son ellas las que peor la pasan en las aguas del porno vengativo. Acaso porque suelen ser quienes padecen más este tipo de exposición. Por caso, basta con mencionar que hoy en día existen varias páginas web destinadas exclusivamente a la “porno venganza”. Y la mayoría de los escraches van dirigidos a mujeres.
“Son situaciones de violencia de género, además de un atentando a la privacidad”, asegura Mabel Bianco, presidenta de FEIM (Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer), y agrega: “Demuestra una gran crueldad y es comparable a fuertes golpizas e incluso a heridas con arma blanca. Quien hace esto probablemente sea capaz de herir físicamente e incluso de matar”.
La reciente condena a tres años de prisión a Claudio Rosemblat por ingresar de forma remota -e ilegal- a la computadora de una adolescente para robarle fotos privadas y luego subirlas a la web es el último caso conocido en el universo de esta forma de extorsión.
El caso tomó estado público el año pasado, después de que los jueces Pablo Laufer, Patricia Mallo y Pablo Vega, del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20, condenaran a Rosemblat a tres años de prisión en suspenso por encontrarlo responsable de haber accedido entre junio y julio de 2012 a la computadora de la joven con fines “de extorsión y amenazas coactivas”. En general, el “porno vengativo” engloba a hechos en Internet o en algún tipo de mensajería instantánea en donde -como le ocurrió a María B.N.- la víctima aparece vinculada a contenidos sexuales explícitos que hayan sido difundidos sin su consentimiento y con el fin de causarle algún perjuicio.
Para Horacio Azzolin, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia, es evidente que existe “un crecimiento de delitos facilitados por Internet”. En general, precisa, hay casos de denuncias “sobre ex parejas que roban fotos de un teléfono porque tienen acceso al dispositivo o la clave. Algo similar pero más común son los casos que, vulgarmente, se conoce como hackeos a distancia con fines extorsivos”.
En este sentido, el experto recordó el trabajo de asesoramiento que hizo la Unidad Fiscal a su cargo sobre una serie de casos destacados, entre ellos el de un hombre llamado Jorge Junes que fue condenado a 12 años de prisión por intentar obligar a prostituirse una menor, obteniendo fotos privadas y hostigándola en las redes sociales. También recordó el mediático caso de “Camus Haker”, un joven condenado a tres años de prisión que se hizo conocido en los medios nacionales por extorsionar y difundir en Twitter fotos íntimas de actrices, modelos y vedettes.
En estos casos, puntualiza Azzolin, se trató de personas que actuaron de forma individual para cometer dichos delitos, valiéndose de diferentes metodologías. “No podemos afirmar que hay una red de personas para cometer estos delitos ni una estructura criminal. Lo que sí podemos decir es que hay estructuras criminales que se trasladan al ámbito de Internet para cometer otros delitos como la estafa, el ‘phishing’ o diferentes tipos de fraude informático”.
Pese a la existencia creciente de este tipo de casos, en nuestro país como se dijo no hay una ley específica que los penalice, aunque las víctimas se pueden amparar bajo la ley 26.338 de Delitos y Informáticos, que tiene una mirada más general sobre las cuestiones de privacidad.
“Actualmente hay un proyecto que propone la pena con prisión para esta práctica y representa un avance en el tema, dado que no existen en el país leyes específicas que combatan este problema”
La situación es distinta en otros países. En Estados Unidos, por ejemplo, la venganza porno está legislada en 34 estados, al igual que en el Reino Unido, donde el uso de esta norma se estrenó a mediados de 2015 con la condena a prisión del joven Jason Asagba, de 21 años, encontrado culpable de publicar en redes sociales imágenes íntimas de una mujer de 20 años, sin su consentimiento. Este tipo de prácticas también está penado con normas específicas en países tan disímiles como Filipinas, Israel, Australia o varios países de Europa.
Mientras los especialistas aguardan que en Argentina el tema se legisle, motores de búsqueda y redes sociales tomaron la delantera ciudadana. Google, Facebook y Twitter modificaron sus políticas de contenidos brindando a las víctimas mecanismos supuestamente ágiles para dar de baja publicaciones mediante un simple formulario que deben complementar. “Las denuncias por lo que se conoce como porno vengativo son muy comunes y se incrementan”, asegura el especialista en seguridad informática Cristian Borghello, director del Observatorio de Delitos Informáticos de América Latina (ODILA). Si bien aclaró que “el crecimiento es similar para todos los delitos informáticos”, indicó que es más frecuente que este tipo de intromisiones en la privacidad ocurra entre personas que se conocen entre sí. “En nuestro país la Ley 26.338 y la Ley Anti Grooming protege a las personas. Pero en general se les tiene que sumar otras acusaciones relacionadas porque la mayoría de los delitos son excarcelables o se dilatan en el tiempo”, señaló Borghello.
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