
El injusto reparto de fondos que condena a todos los bonaerenses
Juzgarán en ausencia a los acusados por el atentado contra la AMIA
Adhesión dispar a la huelga: en las facultades y colegios de la UNLP
Llegará a 28% la suba del boleto del micro en lo que va del año
A los “Bezos” en Venecia: la millonaria boda del dueño de Amazon
Adiós a Lalo Schifrin: un maestro total que consquistó Hollywood con su irresistible música
Oportunidad para vender su auto usado publicando GRATIS sábado y domingo
Injustificados ataques a docentes y un paro que debió evitarse
Megaoperativo policial y múltiples cortes por la visita presidencial
El PJ bonaerense, con un principio de acuerdo de cara a septiembre
Paro en escuelas de La Plata por la violencia contra los docentes
Con el frío, puchero: ya hay más demanda y escasea el osobuco
Turnos gratuitos para acceder a testeos por casos de dermatitis
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
El veto del Gobierno a la ley de Tarifas que aprobó el Senado en la madrugada de ayer, lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del ministro de Energía, Juan José Aranguren, y del jefe de Gabinete, Marcos Peña.
El documento está compuesto por doce carillas con explicaciones administrativas denominadas “considerandos” y sólo 3 artículos resolutivos en los que “observa en su totalidad” a la ley registrada bajo el N°27.443.
Entre los considerandos el Gobierno recuerda que la Corte Suprema de Justicia redactó en forma “inveterada, pacífica y constante” jurisprudencia que declara que “la facultad de establecer tarifas y cuadros tarifarios resulta una competencia exclusiva del poder administrador”.
El veto del Presidente cita como primer antecedente un fallo de la Corte Suprema de 1939 sobre una controversia de un usuario con la Unión Telefónica, en el que el tribunal determinó la competencia del Poder Ejecutivo para establecer el precio del servicio “tanto respecto del pasado como del porvenir”.
Y también asegura que, en todo caso, el Poder Legislativo puede establecer reformas impositivas, exenciones y subsidios en esa materia, pero no establecer el precio de las tarifas.
El veto presidencial es una potestad conferida a los presidentes de la Nación por el Art. 83 de la Ley Suprema, y consiste en rechazar una ley previamente sancionada por el Congreso de la Nación. A pesar de ser un instrumento conocido como “veto”, la Constitución utiliza los verbos “desechar” u “observar”.
LE PUEDE INTERESAR
Los vetos presidenciales (1983 – 2018)
LE PUEDE INTERESAR
El peronismo cuestiona el liderazgo del Presidente
Es una facultad discrecional ya que no está sujeta a requisitos, y constituye un acto político no judiciable, ya que el decreto a través del cual se realiza el veto solo podría ser declarado inconstitucional si tuviera un defecto formal, como por ejemplo si no llevara la firma del presidente o del ministro del área correspondiente al tema sobre el que versa la ley. No hay leyes que no puedan ser vetadas por el Presidente, a excepción de la ley de convocatoria a una consulta popular vinculante, y cualquier ley que haya sido sometida a consulta popular vinculante y el pueblo se haya pronunciado en su favor. En el caso que el presidente vete o deseche una ley, ella regresa al Congreso, a ambas Cámaras, ya que éstas tienen la posibilidad de insistir con la ley que han sancionado, pero para eso necesitan los dos tercios de los votos en cada Cámara.
Desde el regreso de la democracia en 1983 , el veto presidencial fue utilizado en 393 ocasiones. El ránking de objeciones es encabezado por Carlos Menem. Durante la década que estuvo en la Casa Rosada, el riojano utilizó esta herramienta 195 veces.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí