Establecer tarifas es responsabilidad exclusiva del Gobierno, afirma el veto

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El veto del Gobierno a la ley de Tarifas que aprobó el Senado en la madrugada de ayer, lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del ministro de Energía, Juan José Aranguren, y del jefe de Gabinete, Marcos Peña.

El documento está compuesto por doce carillas con explicaciones administrativas denominadas “considerandos” y sólo 3 artículos resolutivos en los que “observa en su totalidad” a la ley registrada bajo el N°27.443.

Entre los considerandos el Gobierno recuerda que la Corte Suprema de Justicia redactó en forma “inveterada, pacífica y constante” jurisprudencia que declara que “la facultad de establecer tarifas y cuadros tarifarios resulta una competencia exclusiva del poder administrador”.

El veto del Presidente cita como primer antecedente un fallo de la Corte Suprema de 1939 sobre una controversia de un usuario con la Unión Telefónica, en el que el tribunal determinó la competencia del Poder Ejecutivo para establecer el precio del servicio “tanto respecto del pasado como del porvenir”.

Y también asegura que, en todo caso, el Poder Legislativo puede establecer reformas impositivas, exenciones y subsidios en esa materia, pero no establecer el precio de las tarifas.

El veto presidencial es una potestad conferida a los presidentes de la Nación por el Art. 83 de la Ley Suprema, y consiste en rechazar una ley previamente sancionada por el Congreso de la Nación. A pesar de ser un instrumento conocido como “veto”, la Constitución utiliza los verbos “desechar” u “observar”.

Es una facultad discrecional ya que no está sujeta a requisitos, y constituye un acto político no judiciable, ya que el decreto a través del cual se realiza el veto solo podría ser declarado inconstitucional si tuviera un defecto formal, como por ejemplo si no llevara la firma del presidente o del ministro del área correspondiente al tema sobre el que versa la ley. No hay leyes que no puedan ser vetadas por el Presidente, a excepción de la ley de convocatoria a una consulta popular vinculante, y cualquier ley que haya sido sometida a consulta popular vinculante y el pueblo se haya pronunciado en su favor. En el caso que el presidente vete o deseche una ley, ella regresa al Congreso, a ambas Cámaras, ya que éstas tienen la posibilidad de insistir con la ley que han sancionado, pero para eso necesitan los dos tercios de los votos en cada Cámara.

Desde el regreso de la democracia en 1983 , el veto presidencial fue utilizado en 393 ocasiones. El ránking de objeciones es encabezado por Carlos Menem. Durante la década que estuvo en la Casa Rosada, el riojano utilizó esta herramienta 195 veces.

 

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