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Desde hoy el “B” a 140 pesos y el “C”, a 220 pesos. “Es para evitar el corte de la atención”, advitieron los profesionales
se vienen momentos complicados para los afiliados al ioma/ el dia
Los profesionales médicos patearon el tablero de las negociaciones con el IOMA y resolvieron cobrar “honorarios actualizados” ante la “falta de respuestas concretas por parte de la obra social”. Autoridades de la Agremiación Médica Platense informaron que desde hoy cobrarán a los afiliados 140 pesos el bono B y 220 pesos el bono C. Desde el IOMA rechazaron la medida de la Concertación de Entidades Médicas Independientes Bonaerenses (CEMIBO), anunciaron que van a reintegrar el dinero a los afiliados que tengan que pagar la diferencia -60 pesos en ambos casos-, descontarán esos montos de futuras facturaciones que hagan las entidades médicas y presentarán acciones judiciales.
En una inédita medida, al menos en los últimos años, el (CEMIBO), que integran la Agremiación Médica Platense y la Agremiación de Ensenada -entre otros- resolvió que desde hoy “cobrará nuevos valores de consulta a los afiliados. El otro camino era el corte de la cobertura y atender a los afiliados como particulares”, dijo Martín Pedersoli, titular de la AMP.
“Tras una reunión sin respuestas concretas por parte del Instituto, se atenderá con honorarios actualizados. Es una alternativa al corte del servicio”, indican las entidades médicas en un comunicado conjunto.
“Las autoridades del CEMIBO informaron que a partir de mañana --por hoy- atenderán a los afiliados de IOMA con nuevos valores de consulta. Aquellos profesionales que revisten en la categoría B pasarán de 81 a 140 pesos, mientras que los de categoría C, pasarán de 161 a 220 pesos. En tanto, como la categoría A no prevé copagos por parte del afiliado, los médicos que atienden bajo esta categoría le facturarán a IOMA 250 pesos por consulta”, detallaron los profesionales.
Así lo resolvieron las autoridades de la Concertación de Entidades Médicas Independientes Bonaerenses (CEMIBO) tras una nueva reunión con las autoridades de la obra social.
“Planteamos al Instituto nuestra propuesta sin embargo el IOMA nos respondió, una vez más, que tenían que evaluarla en la próxima reunión de directorio”, explicaron los referentes del CEMIBO tras un nuevo encuentro en la sede de Presidencia de la obra social. Agregaron que, “frente a estas nuevas dilaciones por parte del IOMA, resolvimos poner en marcha los incrementos como alternativa a la suspensión de la atención por medio de la obra social”.
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A su vez, los médicos organizados en el CEMIBO dijeron que continúan con el reclamo de un incremento retroactivo a abril del orden del 7 por ciento, de acuerdo a las mediciones de inflación vigentes, y dado que ya se inició el sexto mes del año sin que el Instituto concrete aumentos para los profesionales de la salud.
En tanto, IOMA rechazó la “medida de fuerza” de los médicos. “La obra social de los bonaerenses se encuentra en plenas negociaciones por el incremento de los honorarios profesionales con las entidades médicas de La Plata, Ensenada, Trenque Lauquen, San Pedro, Balcarce, Tandil y Mar del Plata”, informaron fuentes de la obra social, quienes agregaron: “en este contexto, el CEMIBO anuncia unilateralmente un incremento en el valor de los copagos que abonan los afiliados, según la categoría del profesional que elijan. Cabe destacar que esta decisión se encuentra fuera del marco de la ley, ya que, como se sabe, IOMA mantiene con sus prestadores convenios que se firmar de común acuerdo y ambas partes deben respetar”.
Por ese motivo, IOMA informó a sus afiliados que garantiza el reintegro de los montos que deban pagar por encima del valor de los bonos de consultas médicas acordado con las entidades.
Para tramitar la solicitud de devolución de lo cobrado ilegalmente, los beneficiarios deberán dirigirse a la delegación que les corresponda, con la documentación básica (fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o recibo de pago en caso de afiliados voluntarios); la nota de solicitud de reintegro –en este caso aludiendo al aumento unilateral de bonos–; factura original o recibo profesional equivalente (B o C), cumpliendo los requisitos exigidos por normas de facturación establecidas por la AFIP, debidamente conformado (la fecha debe coincidir con la de la medida de fuerza) y el ticket emitido por cajero automático, donde conste el número de cuenta y sucursal bancaria o constancia de CBU del afiliado.
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