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Si bien la normativa que regulará el uso y la convivencia en el espacio público todavía debe ser sometida a distintas rondas de análisis, el borrador contempla que las faltas serán sancionadas con cuatro tipos de penas: amonestación, multa, arresto e inhabilitación. Cada una de esas penas podrá imponerse por separado o conjuntamente, y se graduará “según la objetiva valoración de las características del hecho, la naturaleza de la falta, las condiciones personales, antecedentes y peligrosidad revelada del infractor, su capacidad económica, el riesgo creado en las personas y/o bienes, su comportamiento frente al proceso, las reincidencias en las que hubiere incurrido, y toda otra circunstancia que contribuya a asegurar la equidad de la decisión”. La norma aclara que la amonestación sólo podrá aplicarse como sustitutivo de la multa una vez. Cada multa se determinará en “módulos”, que se graduarán en máximos y mínimos para cada falta. Cada “módulo” será equivalente al 2% del sueldo básico nominal inicial del “personal de planta permanente” del Municio. Y se aclara que “la multa se podrá convertir en arresto cuando no fuera abonada en término”.
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