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En Berisso, en 2018 se aprobó la ordenanza 3.583 que creó el Programa municipal de Acceso al Suelo Urbano y regularización dominial (PASU). Entre sus metas está la de “frenar las usurpaciones”. Dos de sus fuentes fueron leyes claves en la materia: la provincial 14.449/13 de “Acceso justo al hábitat” y la nacional 27.453/18, comúnmente conocida como la de creación del Renabap (registro nacional de barrios populares). Por caso, la ex fábrica que el señor Zufriategui tenía en 30 y 162, que fuera ocupada en 2017, ya está bajo el “efecto” de esa última norma (ver nota central). Concretamente, están corriendo los 4 años que la ley contempla para que un asentamiento o similar sea determinado como barrio popular. De ser así, comienzan a correr otros 2 años para que el Poder Ejecutivo Nacional defina y pague la expropiación. Su artículo 1º dice: “Declárase de interés público el régimen de integración sociourbana de los barrios populares identificados (...) Y el artículo 2º: “Con el objeto de proceder a su integración urbana, declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la totalidad de los bienes inmuebles en los que se asientan los barrios populares relevados en el Renabap”.
La ley provincial 14.449 tiene como uno de sus objetivos “facilitar la regularización urbano dominial de barrios informales”, para lo cual propone, entre otras cosas, “la integración socio urbana de villas y asentamientos” y un “impuesto progresivo al baldío, en casos de declaración de interés prioritario de áreas por parte de los municipios, y luego de un plazo en el cual el propietario no cumpla con la obligación de parcelar o edificar”.
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