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¿Cuánto deberá tributar el gamer criollo por el premio obtenido?

Por Redacción

Además de la alegría por el triunfo, Thiago y su familia deberán justificar la plata que ganó el menor. Según explicaron fuentes de la AFIP, los funcionarios del organismo tributario están analizando el caso.

“Se le va a solicitar a los padres, que son los responsables del niño, que presenten la documentación para justificar este ingreso. A partir de ahí, se determinará cómo deberían tributar por este premio”, comentaron fuentes de la AFIP sobre el tema.

Es que los 900 mil dólares que ganó en el torneo de Nueva York pusieron a Thiago Lapp, de 13 años, en boca de todo un país tanto por la proeza de meterse entre los mejores del mundo como por el encontronazo con la vida adulta que le espera cuando tenga que responder al fisco.

Sin embargo, al ser un menor de edad, su caso es tan particular que ni siquiera la AFIP sabe cuánto debería cobrarle en concepto de impuesto a las ganancias, si es que correspondiera.

Es que cuando se trata de un premio de este tipo, según se explicó, los aspectos a tener en cuenta son la periodicidad y el objetivo. Si se realizó a través de una actividad que tiene como objetivo principal obtener una renta y la actividad se realiza con una frecuencia determinada, se considera básicamente un trabajo. Eso son los parámetros que aplican por ejemplo a los tenistas que regresan al país con premios en efectivo.

Y dado que los atletas electrónicos destinan varias horas al día a entrenar -como el mismo Thiago ha reconocido-, la práctica se vuelve una rutina y un trabajo.

En nuestro país, la ley dice que sólo pueden ingresar al mercado laboral jóvenes a partir de los 16 años, por lo que el caso de Thiago no puede ser encuadrado en ningún marco legal.

Si se tratase de un jugador mayor de edad, se consideraría la actividad como una profesión y se aplicaría el régimen actual, que responde al tratado entre los Estados Unidos y la Argentina que elimina la doble imposición tributaria, por lo que el chico o su familia pagarían el treinta por ciento al fisco norteamericano y el excedente (5 %) a la AFIP a través de sus representantes legales.

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