El juez Atencio discrepó con el fiscal. Afirmó que el caso es “homicidio calificado por alevosía” porque no advierte (como el fiscal) el ensañamiento, que es provocar un sufrimiento innecesario a la víctima, antes de la muerte. Es decir, el autor debe tener doble intención: matar y hacer sufrir antes. Aquí -agregó- hubo sólo alevosía en la segunda secuencia del hecho: cuando el taxista cae y queda indefenso el imputado se aprovecha para actuar sobre seguro y descargarle los golpes mortales. Pero no está acreditada la intención de hacerlo sufrir antes. De todas formas en ambos caso la pena es perpetua.
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