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En un fallo considerado inédito, la Justicia intimó a la Anses a abonar el IFE a un vecino platense al que le negó ese beneficio por considerar que su esposa cobraba una jubilación, pero el hombre hace 20 años que está divorciado legalmente y en la base de datos no aparecía esa información.
Un vecino platense tiene 64 años de edad, está desocupado y solicitó en el mes de abril pasado el IFE pero le fue rechazado por la Anses.
El Organismo sostenía que su cónyuge percibía una jubilación, cuando en realidad se encuentra divorciado legalmente hace más de 20 años. Sin embargo, luego de realizar todos los trámites para que se actualice esa información, la Anses continuó denegando el pago del beneficio.
Ante la falta de respuestas, presentó un amparo patrocinado por el abogado Román Nieves. El reclamo recayó en el Juzgado Federal nº 2 de La Plata, a cargo del juez. Adolfo Gabino Ziulu, quien determinó que la Anses deberá en el plazo de 10 días depositar las sumas correspondientes a los tres pagos que en concepto de IFE fueron efectuados por el Estado Nacional, y los que en un futuro se produzcan.
El abogado Román Nieves destacó que “En un momento tan difícil producto de la Pandemia que vivimos, donde miles de personas perdieron sus ingresos, es un disparate que se rechace el IFE porque Anses no tiene actualizada su base de datos. Fue necesario el reclamo judicial, y la Justicia nos ha dado la razón”
"Esta decisión judicial marca un precedente para aquellos que obtuvieron rechazos por errores del Anses, hagan sus reclamos correspondientes y logren acceder al Ingreso Familiar de Emergencia", se señaló.
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