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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de reconocida marca

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial

La ANMAT prohibió la venta de un aceite de reconocida marca
2 de Marzo de 2020 | 09:57

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos aceites y la totalidad de los remedios elaborados por una droguería.

A través de la disposición 939-2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo prohibió "la comercialización en todo el territorio nacional del producto "Aceite de girasol" marca Don Carlos, envasado por RNE Nº13-0005447, RNPA Nº025/13-031995, por ser un producto "falsamente rotulado que utiliza los registros sanitarios de la Razón social Peralta Marcos Damián dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Por su parte, por intermedio de la disposición 940/2020, la ANMAT prohibió también la comercialización a nivel nacional "del producto falsificado en cuyo rótulo luce "Aceite de Oliva extra virgen”, marca Nucete, RNPA 12-004849, RNE 12-000041, elaborado por Agro Aceitera S.A. por ser "un producto falsificado, carecer de registros, por estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la razón social Agro Aceitunera SA, marca Nucete, resultando ser un producto ilegal”, por lo que "no se puede garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente ni su inocuidad".

Finalmente, la tercera restricción, establecida en la disposición 1011/2020, radica en la prohibición de "la comercialización de medicamentos y especialidades en todo el territorio nacional a la firma DACHEN KÜME S.R.L., (CUIT N° 30-71066053-7), sita en la calle Brasil 1460, Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales".

La medida se funda en que en el marco de una causa judicial se realizaron varios allanamientos y en ellos "se retiraron facturas de distribución de especialidades medicinales emitidas por la firma a establecimientos fuera de su jurisdicción" y que frente a ello la firma "no se encontraba al momento de la comercialización referida (ni se encuentra actualmente) habilitada por esta Administración para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos".

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