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El gobierno bonaerense decidió postergar una vez más el vencimientos de la cuota 2 del Impuesto Inmobiliario para el 31 de julio. Se trata de la segunda prórroga ya que el vencimiento original era el 14 de abril que posteriormente se pasó para el 14 de mayo.
La decisión generó interrogantes porque de acuerdo al calendario original, la cuota 3 del Inmobiliario vence mañana. Pero anoche desde la Agencia de Recaudación se anticipó que este vencimiento también será prorrogado.
Según pudo saber este diario, Arba va a prorrogar el mencionado vencimiento del Inmobiliario, como así también el de Automotor y los correspondientes a los planes de pago tanto generales como el correspondiente a las Pymes, que operaba el 10 de este mes.
Estos anuncios, trascendió, podrían concretarse hoy.
Arba, por otro lado, había extendido hasta el 15 de este mes la fecha de pago de la segunda cuota del Impuesto a los Automotores que vencía el 13 de mayo. El director del organismo, Cristian Girard, dijo sobre las medidas tomadas que “sabemos que la realidad económica es muy exigente. Esta situación excepcional nos desafía como sociedad, y las y los bonaerenses estamos demostrando que con solidaridad y responsabilidad todo es posible”.
En este marco, indicó que, desde el organismo buscan acompañar “ese esfuerzo”, por lo cual fueron extendidos los plazos para el pago de los impuestos con el fin de que los contribuyentes puedan “abonar en término”.
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Cabe destacar que a la par de la reprogramación de Automotores e Inmobiliario, la Agencia de Recaudación había extendido hasta el 15 de julio el plazo para cumplir con la tercera cuota del anticipo de Ingresos Brutos. Del mismo modo, prorrogó vencimientos vinculados con planes de pago y amplió la suspensión de embargos por deudas.
ARBA también extendió hasta el 31 de julio próximo la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, que vencía el 31 de mayo. El programa de facilidades, que contempla la quita total de intereses, multas y punitorios, abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 -tanto en estado judicial como prejudicial-, planes de pago caducos y vigentes e incluye a los impuestos Inmobiliario, Básico y Complementario; Automotores; Ingresos Brutos y Sellos.
En algunos casos la condonación puede alcanzar el 70% del monto total adeudado. El plan permite pagar en un plazo de hasta 10 años -120 cuotas- con un interés fijo, o bien en tres cuotas sin intereses de financiación. En el caso de los contribuyentes que posean deuda en instancia judicial, también prevé el levantamiento automático de los embargos con la sola adhesión al programa.
Por otra parte, la ley que exime de forma transitoria del pago del impuesto a las Ganancias a las horas extras, guardias y adicionales del personal de Salud, Fuerzas Armadas y de Seguridad es retroactivo al 1 de marzo, por lo cual las retenciones realizadas deberán ser devueltas por el empleador.
Así lo reafirmó ayer el secretario de Política Tributaria de la Nación, Roberto Arias, respecto a la promulgación de la Ley 27.549 que efectuó el Gobierno nacional y que tiene vigencia retroactiva al 1 de marzo.
La nueva norma exime de forma transitoria del pago del impuesto a las Ganancias a las horas extras, guardias y adicionales del personal de Salud, Fuerzas Armadas y de Seguridad y otras actividades relacionadas con la emergencia sanitaria.
“Es una ley muy importante porque el personal crítico que está desarrollando este tipo de tareas está haciendo un esfuerzo muy grande y corresponde que sea así reconocido por el Estado”, dijo Arias.
En el caso de que ya hayan existido retenciones por estas remuneraciones extras, posterior al 1 de marzo y previo a la promulgación de la ley, Arias afirmó que “debe ser devuelto por el empleador por su carácter retroactivo”.
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