“El único rol común que existe es el de comportarse como una persona en derecho”

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En el pedido de detención, el fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta planteó que el supuesto chofer del remís debía ser procesado con los mismos cargos que el que disparó contra los policías, lo que no fue avalado por el juez Guillermo Atencio.

Tuvo en cuenta el fiscal que el chofer del Renault 9 “portaba una pistola de alto calibre con proyectiles de teflón y con bala en recámara”, armamento “indicado a los fines de traspasar los chalecos antibalas” de las fuerzas de seguridad, explicó.

A su criterio, “todo indica que el nombrado asumía la posibilidad de un enfrentamiento armado con las fuerzas del orden como el que aconteció y del que fue protagonista su consorte de causa (Patán), y esta asunción de eventualidades es lo que me indica su ánimo delictual doloso y su pleno dominio de los hechos acontecidos”, detalla el escrito.

En otro tramo argumenta Condomí Alcorta que “quien participa en la fase previa no responde jurídico penalmente por coproducir el hecho de otro, sino porque el hecho resultante también es el suyo propio”. Para el fiscal, “se trata del quebrantamiento del único rol común que existe, el rol de comportarse como una persona en Derecho”.

“Quebranta su rol quien no mantiene bajo control objetos peligrosos, especialmente, cuando hace entrega de ellos, o quien adapta su comportamiento a la planificación delictiva de otra persona”, agregó.

El juez resolvió acotar la imputación al delito de tenencia ilegal de arma de guerra, que no es excarcelable aunque la pena en expectativa es sensiblemente inferior a la de los cargos que le imputan a “Patán”.

 

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