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Para el Tribunal Oral Federal Nº 8 el pacto consistió en una “decisión política” sin configurar “un acto de encubrimiento”, tal como sostenía el fallecido fiscal Alberto Nisman. Apelarán el fallo. Rechazos
Cristina, ayer, ingresado al Senado / Web
El Tribunal Oral Federal Nº 8 (TOF 8) sobreseyó anoche a todos los imputados en la causa por la firma del Memorándum con Irán: entre ellos, a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, al viceministro de Justicia Juan Martin Mena, el ministro de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia, Andrés Larroque, al senador Oscar Parrilli, al piquetero Luis D’Elía y a otros seis acusados en el caso que se inició con la denuncia del fiscal Alberto Nisman, encontrado muerto cuatro días después de haber realizado esta presentación judicial. Para la querella, el pacto entre Argentina e Irán -rubricado en 2013- persiguió la impunidad de los iraníes sospechosos de organizar el ataque a la AMIA. Pero los jueces Daniel Obligado, Gabriela López Iñiguez y José Michilini -por unanimidad- entendieron que no hubo delito.
“El Memorándum de Entendimiento no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional”, interpretaron los magistrados del TOF 8, a la vez que sentenciaron que “no hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”, según lo denunciado por Nisman.
El tribunal también cuestionó la figura de “traición a la patria” imputada por Claudio Bonadio
La consecuencia directa de este fallo de 387 páginas es que tanto la expresidenta como el resto de los imputados evitarán ir a juicio oral. No obstante, la fiscalía y las querellas -la DAIA, la AMIA y familiares de las víctimas del atentado terrorista ocurrido el 18 de julio de 1994- podrán apelar ante la Cámara Federal de Casación. La decisión deberá ser revisada por los camaristas Ana María Figueroa, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone.
A lo largo de más de media docena de audiencias orales en las que se buscó determinar si la causa debía llegar o no a juicio, Cristina Kirchner y los demás investigados reclamaron la nulidad del caso. Cuestionaron su legalidad e imparcialidad al sostener que dos de los jueces intervinientes -Mariano Borinsky y Gustavo Hornos- mantuvieron visitas con el entonces presidente Mauricio Macri. A la par que argumentaron que el acuerdo con Irán configuró una decisión política lejos del alcance de la Justicia. La causa era una de las más graves que enfrenta Cristina ante la justicia. Sigue investigada en otros casos por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero durante su gestión.
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Oscar Parrilli
Los otros sobreseídos son: Eduardo Alberto Zuain, Angelina María Esther Abbona, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado. También alcanza al fallecido excanciller Héctor Marcos Timerman.
La causa, como se dijo, partió de una denuncia de Alberto Nisman. Para el fiscal, la firma del acuerdo, al pretender indagar a iraníes con pedido de captura internacional, buscaba dejar sin efecto las alertas rojas de Interpol para detenerlos. Y eso fue lo que presentó ante la Justicia el 14 de enero de 2015. Cuatro días después esa presentación, y horas antes de defenderla en el Congreso, Nisman fue hallado sin vida en su departamento de Puerto Madero.

Andrés Larroque
La denuncia de Nisman había sido desestimada por el juez Daniel Rafecas. Pero después, la Cámara de Casación Penal -con los votos de Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Ana María Figueroa- ordenó la reapertura del caso.
Los jueces Obligado, López Iñiguez y Michilini le dieron además la razón a Cristina y el resto de los imputados en otra acusación: la de “traición a la patria” por la que en 2017 Claudio Bonadio procesó con prisión preventiva a la exmandataria (amparada en sus fueros de senadora) y por la que fueron detenidos Carlos Zannini y Luis D’Elía.

Luis D'Elía
Ayer, el TOF 8, que ya hace tres años había excarcelado a Zannini y D’Elía, concluyó que “desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la Argentina e Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”.
El abogado Tomás Duggan, representantes de un grupo de familiares víctimas del atentado contra AMIA, declaró anoche que sus clientes “están horrorizados’’ con el fallo. “El único mandato que yo tenía era que esto llegara a juicio oral porque no podían aceptar que la denuncia que había formulado el fiscal Nisman dos días antes de ser asesinado (sic) terminara archivada de la manera vergonzosa en la que se la había enterrado’’.

Carlos Zannini
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