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Es para quienes acrediten contar con la vacunación completa. Será a partir del sábado 29, cuando entre en vigencia la medida
Los argentinos y residentes que cuenten con el esquema completo de vacunación contra el COVID-19 no deberán presentar un PCR negativo al momento de ingresar al país, de acuerdo con una decisión administrativa del Poder Ejecutivo, que fue publicada en el Boletín Oficial.
La resolución, que entrará en vigencia el 29 de enero, abarcará a los viajeros que provengan de países limítrofes y quieran ingresar a territorio nacional. La norma cuenta además con medidas para los casos positivos y contactos estrechos asintomáticos, y viajeros de cruceros.
Más allá de la eliminación de presentar un PCR negativo, la normativa establece que tanto argentinos como residentes que cuenten con el esquema completo, con una distancia mínima de 14 días desde la última dosis, deberán certificar la vacunación.
Además, de acuerdo con la resolución, deberán completar una declaración jurada ante la Dirección Nacional de Migraciones durante las 48 horas previas al embarco hacia la Argentina. Para este grupo se eliminó el periodo de cuarentena al llegar a suelo nacional.
“La elevada transmisibilidad hace que el número actual de casos sobrepase el mayor número de casos alcanzado desde el inicio de la pandemia, sin correlación a la fecha con hospitalizaciones en Unidades de Terapia Intensiva o fallecidos”, sostiene el documento que será publicado en el Boletín Oficial.
Por otro lado, aquellos con el esquema de vacunación incompleto o los que no estén vacunados y sean mayores de seis años, se mantendrán los mismos requisitos, es decir, la presentación de un PCR negativo (hasta 72 horas previo al embarco) o un test de antígenos negativo (48 horas antes) efectuado en el país de origen.
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También deberán completar la declaración jurada, al menos 48 horas antes del inicio del viaje, y realizar una cuarentena de siete días “contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno”.
Además, se permitirá el ingreso en vehículos particulares de argentinos y residentes vacunados con esquema completo y sean casos positivos que ya hayan completado siete días de aislamiento; el ingreso en vehículo de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplir los diez días de aislamiento para casos positivos.
“Podrán ingresar en vehículos particulares terrestres de argentinos y residentes que sean contactos estrechos vacunados asintomáticos, mientras que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen por ese medio deberán completar su aislamiento en el país”, indicaron.
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