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Por qué Cristina no irá presa tras la condena

También quedaría en suspenso una eventual suspensión para ocupar cargos públicos. Los motivos

Por qué Cristina no irá presa tras la condena
6 de Diciembre de 2022 | 17:49

A pesar de ser condenada a prisión en el juicio por presuntas irregularidades en la obra pública en la provincia de Santa Cruz, la vicepresidenta Cristina Kirchner no irá a la cárcel por sus fueros y porque llevará años de proceso judicial hasta que la condena quede firme.

Si bien el veredicto resultó condenatorio en contra de la ex mandataria y demás implicados, esa resolución no conllevará consecuencias  jurídicas inmediatas para Cristina.

Es que al ser condenada, de por sí ella tiene fueros como vicepresidenta de la Nación, pero además si no llegara a gozar de los mismos, también su situación va a quedar supeditada a que ese veredicto quede firme. En el medio debe pasar la instancia revisora de la Cámara Federal de Casación Penal y por último, la Corte Suprema de Justicia.

Recién cuando la Corte resuelva se define la firmeza del fallo, y sí ella podría ir presa y recaer la prohibición de ejercer cargos públicos tal cual lo solicitó la Fiscalía, en el caso de que los jueces ratifiquen ese pedido de pena.

Pero completar ese recorrido judicial son muchos los años que conlleva, siempre y cuando no haya ningún recurso favorable en el medio para la Vicepresidenta, que el 19 de febrero de 2023 cumplirá 70 años.

Por ello, de haber condena no habrá ningún impedimento jurídico si ella decide alguna candidatura de cara a las elecciones generales del año próximo ni tampoco el riesgo de su libertad. Sí, claro está, existiría una consecuencia de tipo político que tiene que ver con la eventualidad de ser una vicepresidenta en ejercicio condenada.

Una vez la sentencia es de esperar que si hay condenas los que la sufran apelen y de haber algo contrario a lo solicitado por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, estos también pueden recurrir el fallo.

Pero eso recién será a partir del año próximo, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°2 dé a conocer los fundamentos, tras lo cual cuentan las partes con 10 días para apelar a la Cámara Federal de Casación Penal.

Luego ese Tribunal no tiene plazos establecidos, pero después de su resolución, queda como última instancia de discusión la de la Corte.

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