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El juez platense Juan Pablo Masi, quien ordenó a la Municipalidad renovar una licencia de conducir sin exigir el pago de multas, dijo ayer que aún con ese antecedente podría ocurrir que nada cambie para otros conductores.
El magistrado explicó que “para hacer lugar a esa acción de amparo me basé en el Código de Tránsito y en la Constitución, por supuesto. Pese a esto, yo estimo que el Municipio podrá seguir exigiendo el libre de deudas, lo supongo, porque está vigente el decreto reglamentario del Código de Tránsito y porque la inconstitucionalidad se aplica en casos concretos, es decir que mi fallo rige solo para el caso de esta persona que presentó un amparo”.
Con respecto a la sentencia que emitió en los últimos días, el magistrado agregó que “a mi criterio se está violando la constitución. Pero espero que a través de los sucesivos fallos que se puedan ir dando se revea este decreto. Lo que yo afirmo es que conforme a la ley vigente, no se puede negar la renovación del carnet de conducir a una persona por tener multas de tránsito impagas”.
El titular del Juzgado de Garantías N° de La Plata le ordenó a la Municipalidad que le otorgue el registro de conducir a un vecino sin la obligación de presentar el libre deuda de infracciones y señaló, asimismo, como “inconstitucional” esa exigencia para cumplir con el trámite de renovación.
Eso se resolvió a instancias de una acción de amparo solicitada por un conductor que quiso renovar la licencia de conducir y, al recepcionar el Municipio el trámite, le exigió presentar el certificado de libre deuda, caso contrario no podía avanzar con la gestión.
El litigio reavivó la controversia en torno a la norma Provincial que ya fue objetaba en otros fallos del mismo tenor. Incluso a nivel local.
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Este diario consultó al Ministerio de Transporte, en cuya jurisdicción está el área de Seguridad Vial y el sistema de licencias. No hicieron comentarios sobre la sentencia.
En algunos distritos , esa condición no es determinante. “En torno al libre deuda municipal hay una circular del Seguridad vial que por intermedio de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, mediante la resolución 74/15, insta a los municipios a proceder a la entrega de las licencias a los contribuyentes que no tengan sentencia firme y consentida”, en causas contravencionales, indicó el subsecretario de Tránsito del municipio de Ensenada, Marcos Omentari.
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