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El Tribunal II de nuestra ciudad condenó a 7 años de cárcel a un hombre por abusar de su ex
El juez Claudio Bernard puso al firma a un novedoso fallo / Web
“Un hecho de violencia contra la mujer”, así describió el juez Claudio Bernard al votar por la condena de un hombre acusado de abuso sexual en perjuicio de quien fuera su pareja.
Según se expresa en el resolutorio, el aberrante episodio sucedió en nuestra ciudad el 20 de diciembre de 2016. Fue cuando, siempre a decir de la misma pieza judicial, el acusado intentó una aproximación con la víctima, tras una separación de algunos meses.
Con un ardid, según entendió el magistrado, logró acceder al domicilio de Villa Elvira, donde, tras una charla, llegaron las caricias, los besos y hasta hubo sexo oral.
Sin embargo, el hombre fue por más. Le dijo que tenía una fantasía y la mujer aceptó a cumplírsela. A esa altura de la noche, no sospechaba nada malo. Todo lo contrario. Pero terminó atada, quemada y lesionada por el empleo de una piedra pómez en manos y pies. También penetrada, vía anal y vaginal, de acuerdo a lo que se consignó en el fallo.
Sus gritos y súplicas no sirvieron de nada. El acusado, cuando terminó de complacerse, la tomó del cuello y la obligó a abrirle la puerta.
En ese instante, a la mujer se le vino el mundo abajo. Entró en pánico y necesitó de apoyo profesional para superar la angustia y el miedo. Más cuando, contó Bernard al replicar lo que pudo probarse en el debate, el imputado la hostigó y le rompió el auto.
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El magistrado, al fundar su opinión, mencionó que “violencia contra la mujer es toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal” y respecto de la integridad sexual agregó que es “cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras Relaciones Vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de personas”.
Junto con Bernard, intervinieron Andrés Vitali y Ramiro Fernández Lorenzo, quienes integran el TOC II de La Plata.
Fuentes de tribunales explicaron que la sentencia terminó siendo dividida, ya que los dos primeros votaron por una pena de 7 años de cárcel, mientras que el restante pidió 8 años en consonancia con el planteo fiscal.
Respecto de la situación procesal del supuesto abusador, por el momento se optó por mantener la libertad, porque así llegó al debate y nunca cambió de domicilio real.
También porque se espera el doble conforme antes de poder tomar, en su caso, una medida de coerción.
Es que la defensa ya anticipó que recurrirá el fallo en la instancia de Casación.
Se supo de los voceros consultados que, como argumento, el acusado quiso hacer pasar a su ex como psiquiátrica y que ella lo denunció por venganza, al cortar la relación que mantenían por su propia decisión.
Esa estrategia, para Bernard, está “plagada de estereotipos y prejuicios de género”.
“El consentimiento es una aceptación inequívoca y voluntaria para hacer una cosa o dejar que se haga”, entendió. “El consentimiento siempre es reversible. El consentimiento se puede retirar en cualquier momento. Tampoco se presume. Nunca debe darse por sentado, por ejemplo, por el hecho de haber mantenido relaciones sexuales anteriormente, por el estilo de vida de una persona, o por la ropa que se use”, agregó.
La mujer, que declaró desde Pinamar, lugar donde reside en la actualidad, fue “coherente, no estructurada, tuvo implicancia emocional, angustia y es creíble”, entendió Bernard.
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