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Jubilaciones masivas: quienes serán los 10.000 empleados públicos intimados

Jubilaciones masivas: quienes serán los 10.000 empleados públicos intimados
23 de Octubre de 2024 | 16:56

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La intimación a tramitar la jubilación alcanzaría a unos 10.000 empleados públicos de los cuáles 6.500 pertenecen a planta permanente, según estimaciones del Ministerio de Desregulación.

A su vez, se informó que el ministerio firmó un convenio con Anses para que ese organismo determine quiénes están en condiciones de concretar el trámite.

En ese sentido, se remarcó que “es necesario asegurar la eficiencia en la gestión de los recursos humanos en el ámbito del Sector Público Nacional”.

El Ministerio de Desregulación publicó hoy la Resolución 3/24 que obliga a todas las áreas del gobierno a en los próximos 30 días a intimar a las personas que están en condiciones de jubilarse.

Para instrumentarlo, el 10 de octubre la Secretaria de Transformación del Estado y función pública suscribió un Convenio de Intercambio Electrónico de Información con la Anses.

Jubilaciones: qué dice el Boletín Oficial

“Instrúyase a los titulares de las entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias a intimar, en un plazo no mayor a TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente resolución, al personal que reúna las condiciones establecidas en el artículo 19 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 a iniciar los trámites administrativos a fin de ingresar al sistema previsional”, dice la resolución que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

El artículo 8° de la ley 24.156 apunta, según el “inciso a y c” a los empleados de la Administración Nacional, conformada por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y Entes Públicos.

La resolución “recomienda” la misma medida a las Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

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