Revés para Femeba en la Justicia: no podrá sancionar a los médicos que firmen convenio directo con IOMA
| 14 de Noviembre de 2024 | 09:29

Un fallo reciente de la Justicia federal considera que es "ilegítima" la sanción que aplicó la Federación Médica de la Provincia de Buenos Aires (Femeba) sobre el Círculo Médico de Junín luego de que firmara convenios directos con el IOMA. Es por ello que ahora deberá restablecer los acuerdos para que los profesionales puedan seguir atendiendo por las obras sociales que tienen a la federación como intermediaria.
Cabe resaltar que en el marco del conflicto mantenido con IOMA, Femeba había sancionado al Círculo Médico de esa localidad bonaerense debido al acuerdo al que llegó directamente con la obra social bonaerense. De esta forma, la justicia le ordenó reactivar los contratos.
Según explicó el abogado Jorge Meza, “Femeba apeló la medida cautelar, que fue concedida, pero con efecto no suspensivo. En el intermedio entre que se dictó la resolución de primera instancia y que se dicte la sentencia de Cámara, la medida debe hacerse efectiva”. Y agregó: “En este marco, Femeba ya reincorporó en el listado de las obras sociales a todos los prestadores médicos del Círculo Médico de Junín, algunos todavía están fuera, pero en su mayoría están incorporados al staff de prestadores. Se debió acatar la orden judicial bajo apercibimiento del delito de desobediencia”.
El letrado calificó de "ilegítima" a la sanción de Femeba y argumentó que "la única manera de aplicar una sanción hubiese sido si seguía vigente el contrato con el IOMA y el Círculo estuviera compitiendo. Pero no era así, lo que habla de la ilegitimidad de la medida tal como fue decidido por el Juzgado Federal”. Por otro lado manifestó que “el conflicto no solo no se atenúa sino que además se potencia, como se observa. No sé qué medida podrá tomar FEMEBA, pero si se corta el servicio total se generarían graves problemas para los afiliados”.
Por último, Meza sostuvo: “Hoy el Círculo Médico de Junín tiene contrato con IOMA y Avalian en forma directa, y las restantes obras sociales están prestando normalmente en virtud de la medida cautelar, que durará hasta que la Cámara confirme o revoque el fallo, por lo general suelen ser tres meses”.
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