Manejar alcoholizado puede costar casi un millón y medio
Edición Impresa | 7 de Marzo de 2025 | 04:08

A partir de la Resolución 2/25 de la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial publicada ayer en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte actualizó el valor de las multas de tránsito a partir del aumento de la Unidad Fija (UF), referencia para determinar el alza de la penalización.
Desde ayer, las infracciones de tránsito presentan un valor más alto en la Región: se determinó aplicar un incremento del 3,8 por ciento, por lo que el valor de la UF pasó de $1.398 a $1.452, que es el equivalente a un litro de nafta de mayor octanaje en la sede de La Plata del Automóvil Club Argentino.
Se trata del segundo aumento en lo que va del año, ya que el anterior había sido en los primeros días de enero con vigencia por dos meses, por lo que el valor actual tendrá validez durante marzo y abril.
Para evitar multas en controles de tránsito, es fundamental contar con la documentación reglamentaria: licencia, cédula de identificación de automotor, comprobante de seguro obligatorio y certificado de VTV vigente. También, es vital tener elementos como los cinturones de seguridad y las patentes y que el vehículo este en condiciones: número de ocupantes adecuados y el correcto uso de luces, por ejemplo.
LOS NUEVOS VALORES
En virtud de la flamante alza -que ya rige en Provincia-, conducir sin seguro significa una multa que oscila entre 50 y 100 UF, es decir entre $72.600 y $145.200. Asimismo, superar la velocidad máxima permitida implica una penalización de 150 a 1000 UF, de $217.800 a $1.452.000.
Conducir con exceso de alcohol en sangre o con registro de consumo de estupefacientes equivale a un castigo de 200 a 1000 UF, es decir de $290.400 a $1.452.000. A su vez, circular en contramano o por banquina, de 200 a 1000 UF: de $290.400 a $1.452.000.
Además, conducir con la licencia suspendida por ineptitud significa una multa de 150 a 500 UF, es decir, de $217.800 a $726.000.
También, conducir con más ocupantes de los permitidos por el vehículo implica una penalización de 150 a 500 UF, de $217.800 a $726.000; negarse a mostrar la documentación exigida o circular sin la Verificación Técnica Vehicular, de 100 a 300 UF, es decir, de $145.200 a $435.600.
Cruzar el semáforo en rojo, circular con una licencia que no corresponde a la categoría del vehículo o no usar el cinturón de seguridad, equivalen a una consecuencia de 100 a 300 UF, es decir, de $145.200 a $435.600.
Por otro lado, dejar el auto mal estacionado puede tener como consecuencia 50 a 100 UF, es decir, una multa de $72.600 a $145.200; circular sin patente, sin seguro, con la licencia vencida o sin cédula de identificación del vehículo, de 50 a 100 UF, significando un castigo de $72.600 a $145.200.
Es importante aclarar que la variable de la multa la define el juez de faltas pertinente.
En caso de abonar la multa dentro del período de pago voluntario -establecido en la primera notificación- tiene un descuento del 50 por ciento del valor mínimo de la sanción correspondiente a la misma.
Sin embargo, en caso contrario, los conductores se exponen a consecuencias legales y financieras: intereses y recargos por impago, retención del carnet de conducir imposibilitando la renovación de la licencia hasta saldar la deuda, procedimientos judiciales, pérdida del derecho a circular y hasta el bloqueo de trámites administrativos relacionados con el vehículo.
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