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El Juzgado Federal de San Nicolás ordenó a Vialidad Nacional y a Corredores Viales iniciar las obras tras un amparo presentado por el municipio por el deterioro de la estructura vial.
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El 17 de julio, el Juzgado Federal de San Nicolás falló a favor del municipio de Ramallo y ordenó al Gobierno Nacional —a través de la Dirección Nacional de Vialidad y la empresa Corredores Viales S.A.— reparar el puente ubicado sobre la Ruta Provincial N° 51, en su cruce con la autopista, en la provincia de Buenos Aires. La medida fue dictada en el marco de una acción de amparo presentada por el municipio debido al avanzado deterioro de la estructura y al riesgo que representa para quienes la transitan.
El fallo establece que las obras deberán comenzar en un plazo máximo de diez días hábiles una vez finalizada la feria judicial de invierno, y fija un lapso de tres meses para completar los trabajos, además de la obligación de presentar informes mensuales con los avances.
Según se destacó, se trata de una resolución inédita en la provincia de Buenos Aires, aunque con antecedentes similares en otras jurisdicciones como Santa Fe, Río Negro y Corrientes. El juez rechazó los argumentos del Gobierno Nacional, que intentó justificar la falta de obras invocando la Ley Bases de Emergencia Económica, la propuesta de disolución de Vialidad Nacional y el plan de privatización de Corredores Viales.
La causa fue impulsada por el intendente Poletti en representación de los vecinos, tras la falta de respuesta oficial frente al evidente abandono del puente, considerado un peligro para la seguridad vial. En el fallo también se ratificó que el mantenimiento del puente y los accesos de la Ruta Nacional N°9 es una responsabilidad exclusiva del Gobierno Nacional, por lo cual el municipio no tiene competencia legal para intervenir.
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