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1) Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo:
■ La reforma modifica reglas centrales de la relación laboral y el sistema de indemnizaciones.
■ Salarios: se incorpora el concepto de “salario dinámico” ligado a mérito o productividad. El pago deberá hacerse exclusivamente a través de entidades bancarias, eliminando billeteras virtuales.
■ Indemnizaciones: se reduce la base de cálculo: no se computan vacaciones, aguinaldo, propinas ni premios. Se fija un tope de hasta tres salarios promedio del convenio. La actualización será por inflación más 3 por ciento anual.
■ Pago de sentencias: las indemnizaciones podrán abonarse en cuotas: hasta 6 para grandes empresas y 12 para pymes.
■ Fondos de Asistencia Laboral (FAL): se crean fondos financiados por empleadores (1 por ciento grandes empresas, 2,5 por ciento pymes) para cubrir indemnizaciones. Serán administrados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
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■ Vacaciones: se otorgarán entre octubre y abril, con posibilidad de fraccionarlas por acuerdo, con un mínimo de 7 días por tramo.
■ Jornada laboral: se habilita extenderla hasta 12 horas respetando 12 horas de descanso. Se permite banco de horas y contratos a tiempo parcial.
■ Accidentes o enfermedades no laborales: el trabajador cobrará entre 50 por ciento y 75 por ciento del salario según el origen del hecho y su situación familiar.
■ Aportes sindicales: se mantiene la cuota sindical compulsiva (tope 2 por ciento) y el aporte patronal a obras sociales del 6 por ciento. Se ratifica la prioridad de acuerdos de empresa sobre convenios sectoriales.
■ Derecho de huelga: servicios esenciales deberán mantener 75 por ciento de funcionamiento y los trascendentales 50 por ciento. Las asambleas requerirán autorización del empleador.
■ Plataformas digitales: se crea la figura de repartidor independiente. El vínculo con las apps no se considera relación laboral.
■ Estatutos profesionales: se derogan cinco estatutos (periodistas, viajantes, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio) a los seis meses de sancionada la ley.
2) Formalización del empleo
■ Programa PER: regulariza empleo no registrado y extingue sanciones y deudas.
■ Blanqueo laboral: permite condonar hasta 70 por ciento de deudas previsionales y elimina sanciones del REPSAL.
■ Régimen RIFL: reduce contribuciones patronales al 8 por ciento por nuevas contrataciones durante un año.
3) Justicia laboral
■ Acuerdos cerrados: los acuerdos homologados tendrán valor de sentencia firme.
■ Transición del fuero laboral: se avanza hacia el traspaso de la Justicia laboral nacional a la órbita porteña.
4) Cambios tributarios
■ Se eliminan impuestos internos a electrónicos, bienes suntuarios y varios sectores.
■ El IVA se exime para energía de riego agroindustrial.
■ El fondo del INCAA se elimina en 2028.
5) Incentivos a inversiones (RIMI)
■ Régimen por dos años para pymes con amortización acelerada y devolución anticipada de IVA en inversiones productivas.
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