Deudores alimentarios: prohíben su ingreso a estadios

El Gobierno incorporó al Programa Tribuna Segura a quienes tienen una restricción judicial por deudas de alimentos, cerrándoles así el acceso a las canchas del país

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El Ministerio de Seguridad Nacional dispuso que los deudores alimentarios morosos que cuenten con una medida judicial de restricción sean ahora incorporados automáticamente al Programa Tribuna Segura, el sistema federal de control de ingreso a los estadios deportivos del país. La medida entró en vigencia ayer al ser publicada en el Boletín Oficial.

Por medio de la resolución 429/2026, el Gobierno nacional modificó el marco legal vigente en la materia para agregar un inciso específico que alcanza a quienes se encuentren inscriptos en algún Registro Público de Alimentantes Morosos, conforme a la legislación de cada jurisdicción.

El texto establece que la restricción “se mantendrá mientras continúe vigente la situación que le dio origen”, es decir, hasta que el deudor regularice su situación ante la Justicia y sea dado de baja del registro correspondiente.

El Programa Tribuna Segura fue creado en 2018 para fiscalizar el ingreso a los estadios de fútbol en todo el territorio nacional. Su base de datos concentra a las personas con impedimentos dispuestos por autoridades judiciales, policiales o de seguridad de las jurisdicciones adheridas al sistema mediante convenios.

Su extensión al universo de alimentantes morosos responde a una práctica judicial ya consolidada: en numerosas causas por incumplimiento de cuotas, los jueces venían ordenando la inscripción de los infractores en el Programa como medida complementaria para forzar el pago. La nueva resolución formaliza ese mecanismo y le otorga un marco normativo uniforme.

El antecedente más directo es la Ley 269 de la Ciudad de Buenos Aires, que ya obligaba a los organismos públicos a cargo del control de acceso en los estadios porteños a rechazar el ingreso de quienes figuren en el Registro de Alimentantes Morosos local.

En la provincia de Salta, la Ley 7411 establece una prohibición similar: los deudores morosos inscriptos en el registro provincial no pueden ingresar a estadios para presenciar espectáculos deportivos o culturales con entrada paga.

La nueva normativa nacional extiende ahora ese criterio al conjunto de jurisdicciones del país que cuenten con registros equivalentes, articulando el sistema de seguridad en espectáculos deportivos con el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

CASINOS Y BINGOS

En la misma dirección, la provincia de Buenos Aires promulgó en diciembre pasado una ley que prohíbe el ingreso a casinos, salas de juego de azar y bingos a quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM). La norma alcanza a quienes adeudan tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, conforme a los parámetros ya utilizados por la Justicia bonaerense.

La ley obliga a los concesionarios de los establecimientos de juego a consultar el registro antes de autorizar el ingreso de cada persona y a negar el acceso en caso de que figure en el RDAM.

 

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