El juez Hugo Jorge Guarnieri, titular de un juzgado de Quilmes, dictó el 4 de agosto de 2026 una sentencia de remate contra la empresa Sociedad Fiduciaria Hudson Park S.A. en el marco de un juicio de apremio iniciado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires para cobrar una deuda fiscal acumulada por el megaemprendimiento ubicado en Hudson, partido de Berazategui.
Este expediente judicial integra un conjunto de tres causas que el Fisco Bonaerense inició durante el año 2025. Dos de esos reclamos consiguieron sentencias favorables hacia fines de ese mismo año. Uno de los expedientes corresponde a una suma de $12.130.000, mientras que el segundo proceso involucra un monto de $2.800.000.
El dictamen judicial del presente caso exige llevar adelante la ejecución contra la sociedad demandada hasta que el organismo provincial perciba la totalidad del capital reclamado. Aquella suma original equivale a $460.000 más los correspondientes intereses. Las tres causas en conjunto representan una cifra superior a los $15.390.000, sin contabilizar las costas ni los honorarios profesionales.
La figura legal de trance y remate establece que la Justicia avaló la demanda presentada por la acreedora y habilitó la ejecución forzada sobre los activos de la firma. La resolución no fija aún una fecha concreta para la subasta pública del bien.
La falta de contestación por parte de la empresa resultó clave para el fallo final. La firma recibió la intimación de pago en su domicilio legal de la calle Liniers 1100, en la localidad de Bernal, pero no presentó defensas ni opuso excepciones dentro del plazo que otorga la ley. El magistrado consideró caducado el derecho de la demandada por vencerse los términos legales establecidos.
Las actuaciones judiciales identificaron una propiedad específica para su posterior embargo. El bien inmueble corresponde a la Matrícula N.º 49.106 del Partido de Quilmes, bajo la nomenclatura catastral Circunscripción VI, Sección N, Chacra 1, Fracción 1, Manzana 7A, Parcela 7A. Esta parcela mantiene una vinculación directa con el predio donde funciona el barrio cerrado en Berazategui.
El proceso administrativo de origen tramita bajo el expediente N.º 2360-172171-2018-0, acompañado por el título ejecutivo digital N.º 1.360.573. La sentencia impuso además la totalidad de las costas procesales a la firma vencida y postergó la regulación de los honorarios profesionales para una etapa posterior.
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