El Gobierno nacional dispuso la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y redistribuyó sus funciones entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Ministerio de Salud, en el marco de una reforma del sistema de control alimentario establecida mediante el Decreto 697/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial.
A partir de la medida, el SENASA concentrará las tareas de registro, control y fiscalización de alimentos, además de las importaciones de productos alimenticios, con el objetivo de unificar competencias y eliminar superposiciones administrativas. En tanto, el Ministerio de Salud asumirá la definición de la política alimentaria nacional y tendrá como primer eje de trabajo la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados.
Según informó el Gobierno, la reorganización busca aprovechar la estructura territorial y la capacidad operativa del SENASA, que cuenta con laboratorios, inspectores y presencia en todo el país para el control de la producción primaria e industrial. De esta manera, las funciones de fiscalización quedarán separadas de las de conducción de la política sanitaria.
La norma también modifica el Código Alimentario Argentino al fijar por primera vez un plazo máximo de 45 días hábiles para la actualización de su contenido, con el propósito de dotar de mayor previsibilidad y agilidad al sistema.
Entre los cambios, además, se crea una Base Única de Datos administrada por el SENASA para centralizar los registros de productos y establecimientos, mejorar la trazabilidad y simplificar los trámites.
El decreto prevé, asimismo, el reconocimiento por equivalencia de certificaciones emitidas por países con sistemas de control reconocidos o que aplican el Codex Alimentarius, con el fin de evitar evaluaciones duplicadas para determinados aditivos, ingredientes y productos ya autorizados en el exterior.
En materia de comercio exterior, se agilizarán las importaciones de alimentos envasados destinados a la venta directa mediante controles posteriores al ingreso, mientras que para las exportaciones se establece que los productos deberán cumplir los requisitos del país de destino y que las certificaciones serán emitidas por un único organismo.
La reforma también contempla que el SENASA impulse convenios con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para armonizar registros, requisitos, aranceles y sanciones, además de avanzar hacia un registro único de establecimientos para la comercialización en todo el país.
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