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El acoso escolar y la decisión inédita de un juzgado bonaerense

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Por Redacción

El fallo de la Justicia que condenó a la Provincia a pagarle 20 millones de pesos a un ex alumno que fue víctima de acoso escolar, imputándole a las autoridades no haber actuado frente al bullying que acosó al joven en sus primeros años de educación secundaria, constituye un antecedente jurisprudencial valioso, que podría irradiarse hacia situaciones análogas en el ámbito educativo bonaerense.

Importa, asimismo una señal elocuente del Poder Judicial de interesarse en temas institucionales –como la defensa del medio ambiente, por dar un solo ejemplo- que antes no solían formar parte del temario y que eran rechazados in-límine por los tribunales.

El fallo del juez en lo contencioso administrativo de Mercedes determinó que las autoridades educativas incurrieron en una “invisibilización” del problema al “naturalizar y normalizar” el trato violento entre pares, sin adoptar las medidas efectivas a su alcance para detenerlo.

El caso tiene como protagonista a un menor que entre 2011 y 2012 cursaba la secundaria en la Escuela Técnica N°1 de Chivilcoy. Durante ese período, el joven fue víctima reiterada de empujones, golpes, insultos y amenazas por parte de compañeros de curso, y las agresiones llegaron a ser filmadas.

Uno de los episodios más graves ocurrió en plena clase de Ciudadanía, cuando recibió un golpe con un borrador que le fracturó la nariz. El docente a cargo, según se aseguró, no aplicó sanción alguna y continuó el dictado de la clase como si nada hubiera ocurrido.

Frente a los reclamos de la familia, las autoridades escolares propusieron como única solución el cambio de turno del alumno afectado, sin adoptar medida alguna respecto de los agresores.

La inspectora zonal, por su parte, calificó las agresiones como conductas propias de la adolescencia. El acoso continuó y se agravó durante el año siguiente y el joven fue escupido, golpeado y denigrado públicamente hasta que, hundido en una profunda depresión, dejó de asistir al establecimiento.

En el juicio iniciado por la familia del chico, la Dirección General de Escuelas argumentó que los hechos constituían “episodios aislados” y sostuvo que el alumno presentaba una “patología de base” de fobia social preexistente.

Sin embargo el juez, rechazó ese planteo considerando acreditado que el organismo provincial no cumplió con su obligación de seguridad ni con la “garantía de indemnidad” que le corresponde respecto de los menores bajo su guarda. El magistrado también entendió que la conducta de las autoridades escolares contribuyó a agravar la situación en lugar de contenerla.

Más allá de la eventual apelación ante organismos superiores y de cómo concluya esta causa, corresponde, entonces, valorar que la administración de Justicia haya decidido intervenir frente a un problema de indudable vigencia social.

Y, por cierto, lamentar que el magistrado haya tenido que observar en forma crítica la mencionada “invisibilización –en otras palabras, el desinterés- de las autoridades educativas por ocuparse del problema.

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