TEMAS DE HOY:
PUBLICIDAD

La agenda legislativa y el debate fiscal

Por Isidro Guardarucci

info@fiel.org.ar

La discusión fiscal empezó a moverse desde la admin istración cotidiana de la caja hacia las reglas que deberían ordenar los próximos años. En pocas semanas confluyeron tres iniciativas de distinto alcance: una reforma que busca facilitar la formalización de ahorros y contribuyentes, otra que intenta cerrar el financiamiento monetario del Tesoro y un Presupuesto 2027 que deberá regir durante el año electoral. En conjunto, plantean una pregunta más ambiciosa que la de sostener un superávit mensual: qué instituciones necesita la Argentina para dejar atrás un régimen de impuestos altos, informalidad y emisión recurrente para financiar al fisco.

La apuesta tiene una lógica. Una base tributaria más amplia podría permitir que el Estado recaude sin descansar tanto en alícuotas elevadas y tributos distorsivos. Un Banco Central impedido de financiar directamente al Tesoro reduciría el riesgo de que el desequilibrio fiscal vuelva a convertirse en emisión e imposición del poco deseable impuesto inflacionario. Y un presupuesto aprobado debería transformar esos principios en decisiones concretas de ingresos, gastos y financiamiento.

El desafío es que las tres piezas se sostengan entre sí: formalizar sin controlar el gasto no garantiza menos impuestos; prohibir la emisión sin equilibrio fiscal no elimina la necesidad de financiamiento; y un presupuesto que no sea creíble puede vaciar de contenido a las otras reformas.

La ejecución acumulada a julio ayuda a entender por qué este debate aparece ahora. El Gobierno mantiene el superávit, pero con menos holgura que en 2025. Los ingresos caen más que el gasto y el resultado financiero se redujo más de 50% en términos reales.

Inocencia Fiscal II

Para entender qué está en juego conviene separar el nombre del mecanismo. No es un blanqueo tradicional que cobre un impuesto especial para regularizar cualquier patrimonio. La Ley 27.799 vigente permite que una persona acepte la declaración simplificada de Ganancias preparada por ARCA, pague y obtenga una presunción de que sus declaraciones de Ganancias e IVA de años no prescriptos eran correctas. En términos cotidianos, funciona como un “tapón fiscal”: el organismo no puede reabrir el pasado sólo porque el contribuyente incorpore ahorros al circuito formal; debe demostrar una discrepancia relevante. Es una protección tributaria que no vuelve lícito un fondo de origen ilegal ni elimina los controles antilavado.

Inocencia Fiscal II busca que ese mecanismo alcance a más personas y genere menos temor a una fiscalización retrospectiva. Elimina los topes de ingresos y patrimonio, a la vez que combina topes de calificación para evitar inconsistencias. También reduce ciertas multas formales para personas humanas, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro. Los grandes contribuyentes y determinados funcionarios pueden usar la presentación simplificada, pero quedan afuera del “tapón” y de los beneficios sustantivos.

La apuesta económica es indirecta: que una mayor seguridad jurídica lleve ahorros hacia bancos, inversiones, inmuebles o consumo formal y, con el tiempo, amplíe la base sobre la cual recauda el Estado. Una base más ancha podría abrir espacio para una economía con menos impuestos o con alícuotas más bajas. No es un resultado automático, pero busca cerrar décadas de incentivos que atentaban contra la formalidad. Dependerá de la confianza en la estabilidad de la regla los resultados en el largo plazo.

Carta Orgánica del BCRA

Su núcleo fiscal puede resumirse de manera directa: si al Tesoro no le cierran las cuentas, el Banco Central no debería poder cubrir la diferencia. La reforma elimina los adelantos transitorios del artículo 20 de la Carta Orgánica, prohíbe los préstamos a los gobiernos y la compra de títulos públicos en el mercado primario, y suprime la posibilidad de adelantar recursos para atender servicios de deuda. Busca transformar la decisión actual de no emitir para financiar al fisco en una restricción legal también para futuras administraciones.

Lo que se intenta romper es la dominancia fiscal sobre la política monetaria: la situación en la cual las necesidades de financiamiento del Tesoro terminan condicionando cuánto dinero debe emitir el Banco Central, aun cuando eso contradiga el objetivo de estabilidad de precios. Cuando esa emisión se traduce en inflación, aparece el impuesto inflacionario, una pérdida de poder adquisitivo sobre los pesos que mantiene la población y que no necesita ser votada por el Congreso.

La reforma conserva operaciones con títulos públicos en el mercado secundario cuando respondan a objetivos monetarios, cambiarios o financieros y se realicen a precios de mercado. También limita las utilidades transferibles al Tesoro a ganancias realizadas y líquidas, excluyendo revaluaciones puramente contables.

Hay una orientación fiscal, pero aún no un presupuesto que el Congreso pueda modificar o aprobar. Su importancia excede la habitual discusión de planillas. Será el presupuesto que regirá durante el año electoral y, por lo tanto, una prueba de la capacidad de sostener el orden fiscal cuando aumentan las presiones para reducir impuestos, recomponer ingresos, ampliar transferencias o acelerar obra pública.

Allí deberán convivir la meta de resultado primario con los supuestos sobre el desempeño de la macro el año venidero. En ese sentido, las reformas de Inocencia Fiscal y del BCRA fijan reglas de comportamiento.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Registrate gratis para seguir leyendo

Ya leíste varias notas de El Día. Creá tu cuenta gratuita y seguí accediendo al contenido del diario.

¿Ya tenés cuenta? Ingresar

Has alcanzado el límite de notas gratuitas

Suscribite a uno de nuestros planes digitales y seguí disfrutando todo el contenido de El Día sin restricciones.

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

Para disfrutar este artículo, análisis y más, por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
PUBLICIDAD
' + '

' + safeMsg + '

' + '' + ''; function close() { overlay.classList.remove('qp-visible'); setTimeout(function () { overlay.parentNode && overlay.parentNode.removeChild(overlay); }, 200); } overlay.querySelector('.qp-modal-btn').addEventListener('click', close); overlay.addEventListener('click', function (e) { if (e.target === overlay) close(); }); document.addEventListener('keydown', function onKey(e) { if (e.key === 'Escape') { close(); document.removeEventListener('keydown', onKey); } }); document.body.appendChild(overlay); // Trigger reflow for transition overlay.offsetHeight; overlay.classList.add('qp-visible'); } if (document.readyState === 'loading') { document.addEventListener('DOMContentLoaded', show); } else { show(); } } catch (e) { /* fail silently */ } })();