En el curso de los últimos días se conocieron la inquietud y las advertencias de médicos, odontólogos, psicólogos, arquitectos, martilleros y abogados platenses y provinciales, entre otras especialidades, por los casos de personas que trabajan sin disponer de título profesional, es decir sin estar habilitadas. Ante esta situación, recomiendan verificar que contengan matrícula y comprobar que quienes brindan estos servicios estén autorizados para ejercer, con el objeto de evitar riesgos y posibles estafas.
Cabe recordar que en fecha reciente se había informado en las columnas de este diario que dos colegios profesionales de la Provincia –el de odontólogos y el de psicólogos- habían alertado sobre tratamientos realiazados por personas que carecían de matrícula profesional. Y que tiempo antes había sido el colegio de kinesiólogos el que alertaba sobre la actividad de profesionales truchos, que podían provocar serios daños físicos y mentales a las personas.
Ahora ha sido la Federación de Entidades Profesionales Universitarias de la Provincia de Buenos Aires (FEPUBA) la que, en nombre de las mencionadas profesiones, advirtió sobre el crecimiento del ejercicio ilegal de distintas actividades. Su presidente reconoció que es difícil cuantificar los casos, aunque afirmó que “se fueron incrementando”. Si bien señaló que la situación se observa en diferentes rubros, consideró que en las profesiones vinculadas con la salud resulta más visible y preocupante.
No alcanza solamente con tener un título, también es necesario estar habilitado en los respectivos colegios, remarcó. En ese sentido, advirtió que una persona puede tener un título, pero al mismo tiempo estar sancionada, inhabilitada o contar con documentación que no sea válida.
En el caso de los médicos, el titular de esa entidad correspondiente al Distrito I, que reúne a 8 mil matriculados, detalló que en nuestra ciudad se detectaron casos de personas que se hacían pasar por médicos y que se realizaron las denuncias penales correspondientes. En todas las ocasiones, los dirigentes colegiales enfatizaron que, en caso de duda, deben consultarse los padrones de cada colegio profesional.
Cabe señalar que el ejercicio ilegal de toda profesión está tipificado como delito por el Código Penal en dos artículos. El 247 dice que “será reprimido con prisión de tres (3) a cinco (5) años el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”.
Lo que corresponde es que las autoridades con incumbencia fiscalicen y sancionen con severidad y con los agravantes penales del caso a quienes infringen leyes y normas que fueron sancionadas justamente para evitar accidentes o malas prácticas por parte de quienes carezcan de títulos legítimos para actuar.
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