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Por la recuperación de aquellos menores entregados al delito

Por Redacción

Luego de años de polémicas doctrinarias y de controversias políticas y legislativas, ayer entró en vigencia en el país la ley que estableció la baja de la imputabilidad para menores a partir de los 14 años de edad, así como la sanción de nuevas penas para ese sector.

La modificación al Código Penal incorpora nuevos lineamientos acerca de los delitos cometidos por menores de edad que, a partir de los 14 años –a diferencia de los 16 que figuraban como tope desde la década del 80- podrán ser pasibles de condenas penales de hasta 15 años de prisión.

En un contexto de creciente inseguridad para la población, desde muchos sectores se habló con insistencia de que los menores de edad eran utilizados por delincuentes adultos, para aprovechar así su condición de inimputables y que, al igual que en muchos otros países, debían bajarse los topes de edad para evitar esas alternativas.

Quienes objetaban esta reforma sostenían que a los 14 ó 15 años de edad un menor no dispone de discernimiento para entender sus acciones y, asimismo, que en la realidad del sistema penal existe una carencia de infraestructura, en especial en materia de centros de detención juvenil que no cuentan con recursos humanos y edilicios suficientes para enfrentar el aumento proyectado de causas y de plazas.

Los que estuvieron a favor sostuvieron no sólo que había que evitar el uso de los menores por los delincuentes adultos, sino que existía luz verde para que los “inimputables” cometieran delitos de extrema violencia. Si resultaban detenidos, en minutos eran devueltos a sus hogares,

Lo concreto es que el Congreso sancionó la ley en febrero de este año, sosteniéndose en el texto que el nuevo régimen busca “fomentar en el adolescente imputado el sentido de responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.

Asimismo, los jóvenes tendrán derecho a acceder a programas educativos para concluir sus estudios obligatorios, como también a programas de formación ciudadana para su reinserción social, de capacitación laboral y deportivos.

Tal como se informó ayer en este diario, las penas van desde amonestaciones y prohibiciones de acercamiento a las víctimas, hasta las condenas privativas de libertad. Se determina, asimismo, que ante el incumplimiento injustificado de una de las penas alternativas, el juez podrá modificarlas por otra condena más severa.

Bandas de chicos, algunos de muy corta edad y armados, asolaron a la población en los últimos años. Se trata de un dato de la realidad, con una suma de desenlaces y testimonios que resultó ser tan desgarradora como elocuente. Es de esperar que el nuevo sistema funcione en forma correcta, prevenga la concreción de muchos delitos y sea útil para la recuperación de los menores entregados al delito.

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