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Absolvieron a los tres acusados por el crimen de un joven ocurrido hace más de diez años en La Plata

El Tribunal Oral Criminal Nº 4 de La Plata determinó que la acusación se basó únicamente por rumores barriales y testimonios, por lo que aplicó el principio de duda en favor de los imputados

Por Redacción

El Tribunal Oral Criminal N° 4 de La Plata dictó la absolución de Cristian Martínez Gambini, Jonathan Lucero y Darío Rodríguez en el marco del juicio oral que investigaba el asesinato de Fernando Iván Couste. Tras un proceso judicial que se extendió por casi diez años y que incluyó un período de cinco años y medio de prisión preventiva para los sospechosos, los magistrados concluyeron que no se logró acreditar la autoría material del homicidio.

El veredicto fue emitido por los jueces Emir Alfredo Caputo Tártara, Carmen Palacios Arias y Analía Carrillo. Con esta resolución, el tribunal puso fin a un debate que expuso una investigación penal construida sobre la base de versiones vecinales y declaraciones marcadas por el temor, sin el sustento de evidencias objetivas contundentes.

La hipótesis principal de los investigadores señalaba que el ataque no estaba dirigido hacia la víctima fatal, sino hacia otro hombre llamado Lautaro De Luca, quien mantenía disputas previas con bandas de la zona y logró escapar por una ventana al inicio de la balacera. De este modo, Couste quedó atrapado en medio de un enfrentamiento ajeno. Sin embargo, la dificultad central de la fiscalía radicó en demostrar la identidad de los ejecutores del hecho.

Durante las audiencias del debate oral intervinieron el fiscal Mariano Sibuet y el abogado de la familia de la víctima, Marcelo Ponce Nuñez. Por su parte, las defensas estuvieron integradas por Germán Oviedo, Solange Alonso Barnetche, Julio Beley y Bruno Strassera. A lo largo del juicio, las declaraciones de los testigos presenciales y allegados reflejaron que ninguno de ellos pudo identificar de manera directa a los agresores.

La dueña de la vivienda y otros testigos admitieron que no lograron ver los rostros de los tiradores ni reconocer sus voces. Las menciones sobre Martínez Gambini, Lucero y Rodríguez surgieron a partir de comentarios posteriores que circulaban entre los vecinos del barrio con el paso de los años. Asimismo, los intentos de reconocer a uno de los sospechosos mediante cámaras de seguridad carecieron de la certeza necesaria durante los interrogatorios.

El tribunal remarcó que un dictamen de culpabilidad exige pruebas objetivas capaces de derribar la presunción constitucional de inocencia, excluyendo cualquier tipo de conjetura o sospecha.

Por tales motivos, el tribunal aplicó el principio jurídico in dubio pro reo, el cual establece que ante la falta de certezas se debe resolver en favor de los procesados. Cabe destacar que por esta misma causa ya había sido sobreseído otro implicado, Miguel Tobar, antes del inicio del procedimiento. 

Tras el fallo, los tres absueltos recuperaron la libertad de forma inmediata en esta línea de investigación.

El hecho

El día 3 de octubre de 2015, siendo aproximadamente la 01.10, al menos cuatro hombres, acompañados de un quinto que se encargó de marcar el inmueble, violentó la puerta de ingreso de un departamento situado en la esquina de las calles 29 y 81, en Altos de San Lorenzo, donde efectuaron una gran cantidad de disparos, uno de los cuales impactó en la humanidad de Fernando Iván Couste, ocasionándole la muerte por un shock hipovolémico.

En ese lugar vivía una joven, mientras que Fernando, su novia y el otro muchacho habían ido a cenar como invitados. Uno de esos proyectiles atravesó el pecho de Couste. Este joven murió allí, instantes después y antes de que llegara una ambulancia.

Lo concreto es que los criminales “Hicieron más de 20 disparos. Las dos mujeres se escondieron en una pieza y el destinatario del ataque se tiró por una ventana, pero mi hijo fue alcanzado por un tiro en el pecho que lo mató. La ligó de rebote, porque buscaban al otro”, expresó Walter años atrás. 

 
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