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Crimen de Pablo Mieres: la familia adhirió al pedido de elevación a juicio y solicitó agravar las calificaciones

Por Redacción

La investigación por el crimen de Pablo Mieres entró en su etapa decisiva. Días atrás, el fiscal Gonzalo Petit Bosnic, titular de la UFI N° 3 de La Plata, requirió la elevación a juicio de la causa y solicitó que dos hombres sean sometidos a debate oral por el asesinato del secretario de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Ciencias Exactas de la UNLP, ocurrido el 17 de junio de 2025 en su departamento de calle 115 entre 46 y 47. Una tercera persona deberá responder por el delito de encubrimiento.

Según pudo saber EL DIA, los dos principales acusados permanecen detenidos por los delitos de "homicidio agravado criminis causa" y "homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y robo", figuras que contemplan la pena de prisión perpetua.

Con más de medio centenar de medidas probatorias incorporadas al expediente, la fiscalía considera agotada la etapa investigativa y entiende que existen elementos suficientes para que el caso sea analizado en un juicio oral. Entre las pruebas reunidas se cuentan registros de cámaras de seguridad que reconstruyen los movimientos de los imputados antes y después del hecho, informes del Gabinete de Medios Tecnológicos de la DDI La Plata, testimonios que ubican a uno de los sospechosos ofreciendo a la venta uno de los celulares robados a la víctima, y distintos informes que integran el voluminoso expediente.

A ese conjunto se suman pericias genéticas realizadas sobre toallas, cordones utilizados para maniatar a Mieres y otros elementos de la escena, que arrojaron resultados compatibles con uno de los acusados, aunque no permitieron vincular biológicamente al otro. Para la Fiscalía, ese dato no modifica el cuadro probatorio, ya que sostiene que existen numerosas evidencias independientes que ubican a ambos en el lugar del crimen y reconstruyen su accionar antes y después del asesinato.

La familia de Mieres, representada por los abogados Cristian González, Gastón Jesser y Sebastián Iturria, acompañó cada una de las medidas impulsadas durante la instrucción y desde el inicio sostuvo que el asesinato debe ser considerado un crimen de odio, por el grado de violencia desplegado contra la víctima y las circunstancias en las que fue cometido.

Mieres tenía 37 años, era oriundo de Cutral Có y llevaba 17 años radicado en La Plata. Además de desempeñarse como secretario de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Ciencias Exactas, cursaba la Licenciatura en Biotecnología.

Su cuerpo fue hallado desnudo, maniatado y con signos de extrema violencia dentro de su vivienda. La investigación también estableció el faltante de distintas pertenencias, entre ellas celulares que luego fueron rastreados.

El pedido de ampliar la calificación legal

En su presentación ante el juez de Garantías, la querella adhirió a la reconstrucción de los hechos realizada por la fiscalía, según la cual, entre la 1:36 y las 2:01 horas del 17 de junio de 2025, los dos acusados ingresaron al domicilio de Mieres con la finalidad de apoderarse de distintos bienes de valor. En ese contexto, según el expediente, los agresores lo golpearon, lo desnudaron, lo ataron de pies y manos, le cubrieron la boca con un trapo y prolongaron su estado de sometimiento, mientras la víctima permanecía con vida y pedía ayuda, según el testimonio de una testigo que relató haber escuchado gritos desde el lugar.

De acuerdo con la causa, la muerte se produjo por un cuadro asfíctico secundario a una asfixia mecánica por estrangulamiento, para lo cual los agresores utilizaron una remera. Tras el homicidio, sustrajeron teléfonos celulares, una guitarra, una billetera con tarjetas bancarias, una mochila, un televisor, un órgano musical y una computadora portátil, entre otros efectos personales de la víctima.

A partir de este cuadro probatorio, los abogados de la familia Mieres solicitaron incorporar a la calificación legal el agravante que reprime con prisión perpetua a quien mate a otra persona por odio a su orientación sexual. Según sostuvieron en su escrito, la desnudez forzada, las ataduras, la amordazada y la prolongación del sufrimiento conforman una escena que, a su entender, transmite un mensaje de degradación y castigo dirigido a la identidad de la víctima.

En ese sentido, remarcaron que Pablo Mieres era un militante de la comunidad LGBTIQ+, una condición que, según sostienen, "era conocida por su entorno, incluidos los acusados, quienes frecuentaban la zona de su domicilio y habían tenido contacto previo con él".

Los representantes de la familia también incorporaron los testimonios de dos especialistas, que aportaron un marco de interpretación sobre la dimensión simbólica y comunicativa que puede tener la violencia motivada por prejuicio hacia la diversidad sexual, sin necesidad de que exista una expresión discriminatoria explícita durante el hecho.

Como antecedente, la presentación citó el fallo del Tribunal en lo Criminal N° 2 de La Plata, del 30 de agosto de 2024, en la causa por el homicidio de Tehuel de la Torre, en la que se aplicó por primera vez en la región el agravante de odio a la identidad de género.

Con este pedido, la causa quedará en manos del juez de Garantías, quien deberá resolver si eleva el expediente a juicio oral bajo la calificación de homicidio triplemente agravado —por odio a la orientación sexual de la víctima, por el concurso premeditado de dos o más personas y por su conexión con el robo—, en concurso ideal con el delito de robo, tal como fue solicitado por la fiscalía y por la familia. 

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