El juez correccional de La Plata, Agustín Amatriain, dictó un fallo absolutorio en favor de Hernán Matías Ganzella, un agente de la Secretaría de Enjuiciamiento, quien había llegado a debate por “violación de domicilio”. El magistrado concluyó que la fiscalía no logró probar, más allá de toda duda razonable, la hipótesis acusatoria.
Según la acusación oficial, el hecho habría ocurrido el 6 de junio de 2025 cuando Ganzella se presentó en la vivienda de su ex, hermana de Julio Garro, y sin autorización alguna ingresó a la finca. Por ese episodio, la fiscalía requirió una pena de 6 meses de prisión condicional y reglas de conducta.
Durante el proceso oral, sin embargo, la prueba tuvo un giro decisivo. La propia denunciante declaró que todas las ventanas de la vivienda tienen rejas de seguridad y que el acceso al predio se realiza por una tranquera que siempre está abierta. Además reconoció que no hay timbre y que las visitas suelen gritar o llamar por teléfono.
La defensa también incorporó fotos y capturas de pantalla que mostraban que el auto del imputado encajado en una zanja en las inmediaciones del lugar y comunicaciones relacionadas con esa situación, elementos que el juez valoró como elemento de descargo.
En su fallo, Amatriain sostuvo que la teoría inicial de la fiscalía, que afirmaba que el acusado había ingresado por una ventana, quedó descartada por la propia prueba y consideró improcedente que durante el alegato final se intentara modificar esa hipótesis para sostener un ingreso sin autorización, ya que ello vulneraba el principio de congruencia y afectaba el derecho constitucional de defensa.
El juez destacó a su vez que la fiscalía desistió de citar a los policías y demás testigos de actuación, por lo que no existieron indicios que corroboraran un ingreso ilegítimo a la vivienda.
Al resolver, remarcó que en un sistema acusatorio corresponde al Ministerio Público acreditar los hechos que imputa y que, ante la insuficiencia probatoria, debe prevalecer el principio de inocencia.
Finalmente, el magistrado absolvió a Hernán Matías Ganzella, que pasó cinco meses detenido por el hecho, al considerar que la conducta atribuida resultó atípica y lo eximió del pago de las costas del proceso.
En su alegato, Gustavo Galasso, abogado de la defensa, cuestionó con dureza la actuación del Ministerio Público Fiscal y sostuvo que “la sola denuncia no basta para detener y mucho menos para condenar a una persona”. Por su parte criticó que se hubiera llegado a juicio sin policías, testigos de actuación u otras pruebas objetivas que respaldaran la acusación. “A veces los fiscales lo hacen por miedo”, aseveró.
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