La proliferación de las apuestas digitales y la consideración de la ludopatía como una de las problemáticas de la salud pública, motivó la reactivación del debate legislativo en la provincia de Buenos Aires. En este contexto, la Cámara de Diputados bonaerense comenzó a tratar un proyecto de ley de 64 artículos, cuyo objetivo es establecer una regulación integral de la actividad.
La iniciativa busca modificar el marco legal vigente, principalmente la Ley N°15.079, que regula las apuestas online y licencias, y la Ley N°15.131, sobre políticas de prevención del juego compulsivo y el Registro de Autoexclusión. El texto aborda la problemática considerándola un problema de salud pública, colocando como principio rector el interés superior de los menores y prohibiendo la estigmatización de las personas afectadas.
Para ello, se establece formalmente la nomenclatura de “apuestas en línea”, reservando la palabra “juego” de manera exclusiva para las referencias clínicas a la actividad compulsiva o patológica.
Para proteger a los usuarios, la norma impone controles biométricos y de tiempo. Se exige que las cuentas sean personales e intransferibles, obligando a los operadores a implementar sistemas de reconocimiento biométrico facial en tiempo real para comprobar la identidad y la mayoría de edad. Esta verificación deberá exigirse al abrir una cuenta, al iniciar cada sesión, ante depósitos o retiros de fondos, y frente a apuestas que superen los montos reglamentados.
Además, se disponen herramientas para fijar límites de depósito y se establece el cierre automático de la sesión tras 60 minutos de actividad continua, con la imposibilidad de reingresar durante la hora siguiente. Si un usuario registra un tercer inicio de sesión en un mismo día, la plataforma deberá bloquear su acceso durante 24 horas. Como medida de advertencia, las empresas estarán obligadas a mostrar en pantalla de manera permanente el tiempo y dinero invertido, emitiendo una alerta al superar los 30 minutos de actividad.
En materia de exclusión, las plataformas deberán notificar cada solicitud de autoexclusión al Instituto Provincial de Lotería y Casinos en un plazo máximo de 24 horas. Esta medida tendrá efecto inmediato en toda la Provincia: las plataformas deberán bloquear el acceso del usuario y devolverle los fondos disponibles en 10 días hábiles.
Asimismo, se incorpora una vía de exclusión judicial mediante modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial: cónyuges, convivientes, familiares (hasta determinado grado) o el Ministerio Público podrán solicitar a un juez la inscripción cautelar del afectado en el registro, basándose en un informe profesional de salud mental o elementos objetivos.
Las barreras de acceso también se extienden a la infraestructura pública. El Ejecutivo bonaerense deberá bloquear el acceso a sitios de apuestas desde las redes de conectividad digital de edificios públicos, establecimientos educativos y espacios comunitarios provinciales. En paralelo, se prohibirá la inscripción como apostadores a quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
En cuanto a la publicidad, las restricciones son severas. Quedan absolutamente prohibidos los anuncios, promociones o patrocinios en la vía pública, espacios públicos y privados de acceso público (salvo campañas oficiales de prevención). No se podrá dirigir contenido a menores de 18 años, ni utilizar sus imágenes, voces o recursos infantiles, y se veda la difusión en escuelas o medios orientados a este sector demográfico. Las campañas permitidas requerirán autorización previa del área de Lotería y Casinos liderada por Gonzalo Atanasof, debiendo detallar la inversión y los medios utilizados.
Las empresas no podrán utilizar la palabra “juego” ni ofrecer bonos de bienvenida, recargas, créditos, programas de puntos o incentivos por frecuencia. Toda publicidad deberá exhibir las leyendas “Prohibida la participación de personas menores de 18 años” y “Apostar no es un juego”, informando los canales de ayuda. Si un menor logra apostar en una plataforma autorizada, la infracción será considerada muy grave y la sanción principal será la revocación de la licencia.
Para combatir la oferta clandestina, se modifica el Código Procesal Penal y se crea la Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales en Línea (FEAIL) dentro de la Procuración General de la Suprema Corte bonaerense. Con sede en nuestra Ciudad y competencia en todos los departamentos judiciales, podrá investigar de oficio y coordinar acciones con organismos nacionales (comunicaciones, administración tributaria, información financiera y medios de pago).
Ante ello, Lotería deberá denunciar presuntos ilícitos en 24 horas y certificar la falta de autorización en 48 horas. Con estos elementos, un juez de Garantías tendrá un plazo de apenas seis horas para ordenar clausuras, bloqueos de dominios o cuentas digitales, retiro de publicidad y suspensión de medios de pago.
En el aspecto económico, la ley exige fuertes aportes a las licenciatarias para financiar la atención del problema. Se creará el Fondo Provincial para el Cuidado de la Salud Mental y la Atención de la Ciberludopatía, financiado con una suma equivalente al 100% de lo que las empresas inviertan en publicidad y captación.
De esa manera, el 70% de estos fondos se repartirá entre los municipios mediante el Coeficiente Único de Distribución (CUD) y el 30% irá al Ministerio de Salud, exclusivamente para financiar campañas de concientización, detección temprana, apoyo familiar, capacitación e investigaciones.
Adicionalmente, se instituye un aporte mensual del 3% sobre la totalidad de los premios. Para calcularlo, se creará un Sistema Provincial de Monitoreo y Control administrado por Atanasof. Esta recaudación nutrirá el Fondo Provincial de Desarrollo de Entidades de Bien Público y Deportivo: el 85% se destinará a instituciones sociales y el 15% restante solventará becas para deportistas bonaerenses de alto rendimiento (cubriendo entrenamiento, equipamiento y viajes).
Se establece una incompatibilidad estricta: ningún atleta podrá recibir la beca si mantiene contratos de patrocinio, publicidad o cesión de imagen con casas de apuestas.
Los autores del proyecto y los fundamentos de la iniciativa
Esta mega propuesta, que busca unificar el abordaje de los 22 proyectos acumulados en la comisión específica creada en febrero de este año, fue redactada por los diputados bonaerenses de Fuerza Patria, Facundo Tignanelli y Micaela Olivetto (quien además tiene a su cargo la conducción de dicha comisión legislativa).
Al fundamentar la iniciativa frente al impacto territorial del fenómeno, el texto de los legisladores advierte: “Lo que durante décadas requirió el desplazamiento físico hacia un casino, un bingo o una agencia de quiniela, con las barreras materiales, horarias y sociales que esa mediación imponía, hoy se resuelve en la palma de la mano, sin intermediación alguna entre el impulso y la apuesta”.
Por su parte, Tignanelli, jefe del bloque oficialista, cuestionó la salida de utilidades del país por parte de estas empresas (cifra que ubicó por encima del 70%) y defendió la necesidad del proyecto: “Se tocan grandes intereses, es una pelea que hace falta dar y la vamos a llevar adelante. Vienen generando un daño muy grande desde hace mucho tiempo, creemos que es necesario regularlas, controlarlas y hacer que empiecen a pagar. Llamarlas juego es una trampa, son lugares donde se realizan apuestas”.
Finalmente, el diputado destacó la importancia del sistema de recaudación propuesto para recomponer el tejido social e institucional de la provincia: “Con los fondos que crea la ley van a poder fortalecerse los clubes, centros culturales y centros de jubilados, que son los lugares donde los vecinos y vecinas de la provincia efectivamente se organizan como comunidad, y que vienen siendo sistemáticamente ignorados y castigados”.
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