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De Vido absuelto y nueva condena para José López y los hermanos Schoklender

Un desvío de más de $206 millones de fondos públicos. Las penas son de menos de tres años, por lo que no irán a prisión

Julio De Vido, uno de los absueltos en el caso Sueños Compartidos / na

Por Redacción

El Tribunal Oral Criminal (TOC) N°5 absolvió ayer al ex ministro de Planificación Federal Julio de Vido en la causa Sueños Compartidos, mientras condenó a los exfuncionarios kirchneristas José López y Abel Fatala y a los hermanos Sergio y Pablo Schoklender a penas de menos de tres años por el desvío de más de 206 millones de pesos del Estado que debían destinarse a la construcción de viviendas sociales.

También fueron absueltos Carlos Castellano, exfuncionario del Ministerio de Planificación; Daniel Freidin, exasesor de Fatala; y Daniel Nasif y Karina Nasif, exfuncionarios provinciales de Santiago del Estero.

El veredicto fue dictado por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg en los tribunales de Comodoro Py 2002, un día antes de que prescribiera la acción penal según el plazo considerado por la Fiscalía.

López, exsecretario de Obras Públicas, y Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas, fueron sentenciados a 2 años y 9 meses de prisión condicional e inhabilitación perpetua como coautores del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

Sergio y Pablo Schoklender, exapoderados de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, recibieron condenas a 2 años y 8 meses y 2 años 4 meses de prisión condicional, respectivamente, como partícipes necesarios.

Por tratarse de una condena menor a 3 años y en suspenso, los condenados no irán presos, sino que deberán cumplir reglas de conducta durante el período de la condena.

El tribunal adoptó penas menores a las solicitadas por el fiscal Diego Velasco, quien había pedido penas de 6 años para De Vido, López, Fatala y los Schoklender y de 4 años para el resto de los imputados.

Sin embargo, apenas escuchó el veredicto, Schoklender se quejó en la puerta de los tribunales: “Es un absurdo: no se animaron a decir que después de 15 años no cometimos ningún delito. Está probado que no. Esto es Comodoro Py, y no se animaron, después de 15 años, a reconocer el disparate que habían hecho” e insistió: “No se desvió un puto fondo [sic.]”. Aseguró que “si se hubiese cometido un delito, aun la pena de 6 años pedida por el fiscal hubiese sido chica. El haber impuesto una pena de 2 años y 8 meses en suspenso demuestra cómo funciona este sistema”.

Al comienzo de la audiencia, los magistrados rechazaron los planteos de las defensas por insubsistencia de la acción penal por vulneración del plazo razonable, prescripción de la acción penal y nulidad de los alegatos de los acusadores.

Por otro lado, el tribunal dispuso el decomiso de los bienes cautelados por una suma de $206.438.454,05, el cual se determinó como el monto desviado de los fondos públicos destinados a la construcción de viviendas sociales. El mismo deberá ser ajustado al momento en el que la sentencia adquiera firmeza.

La jueza Palliotti también anunció que se fijó una audiencia para el 13 de noviembre a las 17 en la que se leerán los fundamentos de las condenas y absoluciones.

El juicio había comenzado en marzo pasado sobre la causa que involucraba al programa ‘Sueños Compartidos’, que investigó el desvío de fondos públicos que el Estado Nacional había destinado a la Fundación Madres de Plaza de Mayo. Esos recursos debían destinarse a la construcción de viviendas sociales, pero el programa funcionó con serias irregularidades entre los años 2005 y 2011, con la realización de obras públicas con sobreprecios e, incluso, sin licitación.

El expediente se abrió en 2011, cuando estalló la pelea entre los Schoklender y la entonces titular de Madres, Hebe de Bonafini, quien estuvo procesada hasta su muerte, en noviembre de 2022, pero nunca llegó a sentarse en el banquillo. El debate oral recién comenzó el 4 de marzo de este año.

Revés judicial para Cristina

Por otro lado, la Justicia rechazó ayer un recurso de queja presentado por la expresidenta, Cristina Kirchner, contra los embargos preventivos dispuestos en el marco de la causa Vialidad.

La decisión fue adoptada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal porteña, con la firma de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña.

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