El Concejo Deliberante de La Plata aprobó este jueves por unanimidad una nueva ordenanza que establece un régimen para las entidades de bien público de la ciudad, entre ellas clubes de barrio, bibliotecas, comedores y otras organizaciones comunitarias.
La iniciativa, impulsada por el oficialismo, reemplaza la Ordenanza N° 4715, vigente desde 1980, y crea un Registro de Entidades de Bien Público que funcionará bajo la órbita de la Dirección General de Entidades de la Municipalidad.
Uno de los principales cambios está vinculado con los trámites que deben realizar las instituciones para acceder a beneficios municipales. La nueva normativa establece que las entidades podrán solicitar, por única vez, las exenciones de tasas, derechos y servicios municipales previstas en las ordenanzas correspondientes.
Para incorporarse al registro, deberán contar con domicilio real en La Plata, tener los estatutos aprobados y presentar documentación institucional, balances y la nómina de autoridades.
Menos requisitos para regularizar la documentación
La ordenanza también modifica las condiciones vinculadas con la presentación de balances. A partir de la nueva normativa, podrán ser rubricados por las propias autoridades de las entidades y dejará de ser obligatorio presentar un balance certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Además, se amplía de seis meses a dos años el plazo para regularizar la documentación anual antes de que pueda disponerse la cancelación de la inscripción en el registro.
Durante el debate, el presidente del Concejo Deliberante, Marcelo Galland, señaló que el requisito de presentar balances certificados podía representar un costo para organizaciones de menor escala y sostuvo que la modificación apunta a facilitar el acceso a los beneficios municipales.
Por su parte, el concejal Juan Granillo Fernández destacó que la nueva normativa establece una herramienta para acompañar a las instituciones que desarrollan actividades comunitarias en los distintos barrios de la ciudad.
Cambios en la fiscalización
El nuevo régimen también modifica los mecanismos de fiscalización de las entidades. Las actuaciones de control que se inicien a partir de denuncias deberán contar con el respaldo de al menos el 20% de los socios activos de la institución.
A su vez, la ordenanza establece que no podrán formar parte del registro las asociaciones, fundaciones u otras entidades creadas por sociedades comerciales, bancarias u otras personas jurídicas que desarrollen actividades lucrativas, aun cuando declaren objetivos de interés social.
La Dirección General de Entidades quedará como autoridad de aplicación directa de la normativa, con el objetivo de centralizar y agilizar los trámites vinculados con el registro y los beneficios previstos para las instituciones.
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