El Gobierno envió al Congreso el proyecto de ley Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, conocido como “super-RIGI”, para incentivar inversiones.
La iniciativa está orientada a atraer inversiones de gran escala en sectores tecnológicos y actividades que actualmente “no cuenten con desarrollo en el país”. El piso mínimo de inversión llega a U$S1.000 millones.
Con este nuevo régimen, el Ejecutivo busca promover el desarrollo económico; incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios y favorecer la creación de empleo. Además, apunta a coordinar el trabajo entre el Estado, las provincias y las autoridades de aplicación en materia de recursos naturales y fortalecer las cadenas de producción locales vinculadas a estos proyectos.
En los fundamentos del proyecto enviado a la Cámara de Diputados, la gestión de Javier Milei justificó que el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) fue “un primer paso”, pero consideró la “necesidad de diseñar un instrumento superador” orientado exclusivamente a actividades económicas nuevas en el país y de alto impacto tecnológico.
El super-RIGI fija un piso mínimo de inversión de U$S1.000 millones por iniciativa a través de Vehículos de Proyecto Único (VPU) y exige ejecutar al menos el 20% de ese monto durante los primeros dos años desde la adhesión al régimen.
El plazo para presentar proyectos será de cinco años desde la reglamentación de la ley, con posibilidad de una prórroga de un año. En tanto, la iniciativa garantiza un plazo de 30 años de estabilidad normativa en cuestiones tributarias, aduaneras, cambiarias y de seguridad social. También prevé que las controversias entre el Estado y los inversores puedan someterse a arbitraje internacional.
Entre los principales beneficios tributarios y aduaneros, el proyecto -que contiene 13 capítulos- abarca los siguientes puntos: la tasa de impuesto a las ganancias será del 15% (en RIGI actual, la alícuota rebajada llega al 25%). El proceso de amortización acelerada será más rápida en el súper-RIGI: 60% en el primer año y 20% en cada uno de los dos años siguientes. Brinda la posibilidad de deducir quebrantos sin límite temporal. Contempla una reducción en la carga sobre dividendos y utilidades, del 3,5% luego de cuatro años desde la adhesión al régimen. Para este punto, el RIGI establece un recorte de hasta 7%.
SUSCRIBITE a esta promo especial