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Por Redacción

La Justicia Federal de Quilmes ordenó a Edesur abstenerse de interrumpir, suspender o restringir el suministro eléctrico a Protefilm SRL, una industria dedicada a la producción de stretch film y films autoadhesivos, mientras se tramita una demanda contra la distribuidora por los montos de sus facturas de electricidad.

La medida cautelar fue dictada este miércoles por el juez federal Luis Armella, quien hizo lugar al pedido de la empresa, que además solicitó la nulidad de dos liquidaciones, la devolución de sumas abonadas y el resarcimiento de los daños que atribuye a los incrementos tarifarios.

Una de las facturas cuestionadas, con vencimiento el 17 de septiembre, asciende a $82.959.743,90. Otra, de $91.956.961,49, debió ser abonada mediante un préstamo bancario de $100 millones a 36 meses y una tasa del 33%, según consta en la presentación judicial. Protefilm cuenta con 70 trabajadores y sostiene que la electricidad es un insumo esencial para su proceso productivo.

El reclamo se concentra en los cargos ACPOT, por Ajuste por Servicio de Potencia, y CESTAB, por Ajuste por Costo de Energía Consumida. La empresa sostuvo que esos conceptos registraron incrementos superiores al 150% y 300% frente a períodos anteriores y cuestionó la metodología utilizada para calcularlos.

El juez destacó que el cargo CESTAB representó $26.472.107 de la factura de $82,9 millones. Además, señaló que las nuevas condiciones tarifarias se aplicaron durante siete días de un ciclo de 31 y que, según la proyección presentada por Protefilm, una aplicación durante todo el período llevaría la factura a más de $323 millones.

Armella también observó un déficit informativo: según la resolución, Edesur y Cammesa respondieron a los reclamos con explicaciones generales y remisiones a sitios web, sin aportar el Documento de Transacciones Económicas, las memorias de cálculo desagregadas ni la trazabilidad de los coeficientes aplicados al suministro.

Para el magistrado, la magnitud de los importes reclamados y el riesgo de corte podían afectar el capital de trabajo y comprometer la continuidad de la planta. Consideró acreditados el peligro en la demora y, en esta etapa preliminar, la verosimilitud del derecho invocado por la empresa.

Por eso, ordenó a Edesur abstenerse de cortar o restringir el suministro durante la tramitación de la causa, bajo apercibimiento de sanciones. La medida fue dictada bajo caución juratoria y el juez dispuso además dar intervención a la fiscal federal para que dictamine sobre la competencia del juzgado.

El abogado de Protefilm, Marcelo Szelagowski, afirmó que la resolución reconoce el impacto de los costos energéticos sobre la industria y sostuvo que los incrementos están dificultando que las fábricas puedan afrontar sus costos de producción.

En ese contexto, señaló que la Unión Industrial Argentina mantuvo reuniones por los costos energéticos, aunque, según indicó, no se alcanzaron soluciones.

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