El juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, procesó sin prisión preventiva a dos ex funcionarias que estuvieron al frente de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), en el marco de la investigación por el fentanilo contaminado elaborado por HLB Pharma y Laboratorios Ramallo.
La causa ya vincula el medicamento adulterado con 90 muertes y un total de 134 víctimas. Además, el expediente registra 47 querellas.
La resolución alcanzó a Nélida Agustina Bisio, ex titular de la ANMAT, y Gabriela Carmen Mantecón Fumadó, ex directora nacional del INAME. Kreplak las consideró, en principio, partícipes necesarias del delito de adulteración de sustancias medicinales.
La imputación también contempla lesiones gravísimas en al menos dos personas, lesiones graves en otras 41 y lesiones leves en otros pacientes.
El magistrado dispuso además un embargo de $500.000 millones para cada una y la inhibición general de sus bienes. Ambas continuarán en libertad, aunque deberán cumplir distintas medidas restrictivas: tienen prohibido salir del país, deberán presentarse una vez por mes ante la Policía Federal, entregar sus documentos de viaje y no podrán mantener contacto con personas vinculadas con la ANMAT y el INAME.
La actuación de los organismos de control
Uno de los principales puntos de la resolución está puesto en las demoras y omisiones que, según Kreplak, se produjeron dentro de los organismos encargados de fiscalizar a los laboratorios.
El juez sostuvo que las irregularidades detectadas en HLB Pharma y Laboratorios Ramallo eran conocidas dentro del sistema de control sanitario y que existían herramientas administrativas para impedir que las empresas continuaran funcionando bajo esas condiciones.
En ese sentido, consideró que la falta de intervención oportuna de las autoridades responsables tuvo incidencia en la continuidad de la circulación de los medicamentos cuestionados.
El fallo también diferencia la situación del ministro de Salud. Según Kreplak, si bien conocía aspectos generales del caso, hasta el momento no existen elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal. El magistrado señaló que las decisiones adoptadas desde la cartera sanitaria estuvieron orientadas a impedir que las empresas continuaran operando y no a favorecer su funcionamiento.
El caso de Mantecón Fumadó
El juez fue particularmente crítico con la actuación de Gabriela Mantecón Fumadó, quien estaba al frente del INAME durante el período investigado.
Según la resolución, la ex funcionaria conocía el funcionamiento irregular de los laboratorios y contaba con facultades para adoptar medidas destinadas a proteger la salud pública.
Kreplak cuestionó las demoras en la emisión de las denominadas cartas de advertencia, una herramienta administrativa utilizada ante incumplimientos detectados durante las inspecciones.
De acuerdo con el fallo, Mantecón Fumadó se apartó de los plazos reglamentarios para emitir la carta correspondiente a Laboratorios Ramallo y mantuvo reuniones formales e informales con representantes de las empresas.
Además, el juez sostuvo que durante más de cuatro meses quedó pendiente el proyecto de Carta de Advertencia contra HLB Pharma.
La diferencia entre ambos laboratorios fue considerada un punto central de la investigación. La carta dirigida a Laboratorios Ramallo fue finalmente firmada el 10 de febrero de 2025 y dispuso la inhibición de toda su actividad productiva. En cambio, el proyecto correspondiente a HLB Pharma, que incluía una prohibición de comercialización, nunca llegó a firmarse.
Para Kreplak, esa demora permitió que continuaran circulando medicamentos elaborados bajo condiciones que ya habían sido objetadas durante las inspecciones.
La responsabilidad atribuida a Bisio
Respecto de Nélida Bisio, quien estaba al frente de la ANMAT, el juez sostuvo que tampoco podía desligarse de las decisiones adoptadas dentro del INAME, debido a que ese organismo dependía directamente de la Administración.
Según la resolución, Bisio tenía facultades para intervenir ante una eventual inacción de sus subordinados. Además, fue ella quien el 12 de mayo de 2025 firmó la disposición que prohibió el uso y la comercialización del lote 31.202 de fentanilo HLB, cuando las primeras muertes ya habían sido registradas.
Kreplak consideró que Bisio conocía las irregularidades y que, además, cumplía un rol de articulación entre las decisiones políticas del Gobierno y las áreas técnicas encargadas de aplicarlas.
Sin embargo, el magistrado sostuvo que mantuvo una actitud "pasiva y permisiva" frente a la situación, lo que habría favorecido la continuidad de las operaciones de los laboratorios.
La reunión de enero
Otro de los episodios destacados en la resolución ocurrió durante una reunión realizada el 14 de enero de 2025.
Según la reconstrucción judicial, las máximas autoridades sanitarias acordaron con representantes de los laboratorios postergar la emisión de las cartas de advertencia y otorgarles tiempo para implementar correcciones internas.
Al día siguiente, la empresa presentó ante el INAME un supuesto plan destinado a solucionar las deficiencias detectadas durante las inspecciones realizadas entre noviembre y diciembre de 2024.
La investigación también incorporó información surgida de la última declaración indagatoria de Mantecón Fumadó, realizada el 31 de agosto.
La ex funcionaria había señalado anteriormente que en reuniones convocadas por el Ministerio de Salud participaban abogados penalistas y había manifestado que aportaría sus identidades. Sin embargo, cuando Kreplak le pidió específicamente esos nombres durante su última declaración, no respondió.
La causa por el fentanilo contaminado continúa así avanzando sobre las responsabilidades de quienes tenían a su cargo el control de los laboratorios, además de las ya investigadas por la producción y comercialización de los medicamentos adulterados.
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