La Cámara Nacional en lo Civil avaló el cambio de domicilio de la AFA y anuló una resolución del Ministerio de Justicia nacional que designó veedores en la entidad madre del fútbol argentino. Es lo que deseaba el titular de la entidad, Claudio “Chiqui” Tapia, para dejar de quedar bajo el control del gobierno de Javier Milei y pasar a depender del bonaerense. Del que, por cierto, es funcionario (preside el Ceamse).
En la Casa Rosada no cayó para nada bien el fallo y anunció que buscará revertir la decisión en una instancia superior, probablemente la Corte Suprema.
En este sentido, el tribunal consideró que los controles están ahora en manos de la Dirección de Personas Jurídicas bonaerense, a partir del cambio de la sede social a Pilar resuelto en una asamblea de la entidad en 2024 y de la posterior inscripción de la “Asociación del Fútbol Argentino” en esa jurisdicción.
“Quedó definitivamente consolidado bajo este organismo el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre esta entidad”, resolvieron los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset.
La controversia se originó luego de que la Asamblea General de la AFA aprobara por unanimidad la modificación de su estatuto para establecer que su domicilio social pasara de la Ciudad de Buenos Aires a estar radicado en la Provincia de Buenos Aires, con sede en la localidad de Pilar.
Pese a ello, la Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ) rechazó posteriormente la inscripción de la reforma estatutaria y la cancelación de la matrícula de la entidad en la CABA. Además, impulsó medidas de fiscalización y una veeduría sobre la asociación.
La Cámara decidió “admitir” las quejas presentadas por la asociación que preside Tapia y declaró “la nulidad de la Resolución Particular 140/26 emitida por el Sr. Inspector General de Justicia el 18 de febrero de 2026 y, por ende, tener por cancelada la inscripción de la Asociación Civil – “Asociación del Fútbol Argentino” del Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia”.
Además, dispuso “ la nulidad de la RESOL-2026-128-APN-MJ dictada en fecha 16 de marzo de 2026 por el Sr. Ministro de Justicia de la Nación”. Se refiere a Juan Bautista Mahíques, quien designó veedores por 180 días hábiles tras recibir un informe de la IGJ que detectó irregularidades en el funcionamiento institucional de la entidad. La Cámara Nacional en lo Civil consideró que la IGJ se excedió en sus facultades al revisar decisiones que ya habían sido convalidadas por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense, organismo que había autorizado la inscripción del cambio de jurisdicción.
Según los magistrados, una vez que el organismo provincial aceptó la radicación de la AFA en territorio bonaerense, la fiscalización y el control de legalidad de la entidad quedaron bajo la órbita de la Provincia de Buenos Aires. En ese contexto, sostuvieron que la IGJ carecía de competencia para cuestionar el nuevo domicilio o realizar inspecciones destinadas a verificar la sede declarada.
La Cámara Nacional en lo Civil consideró que la IGJ se excedió en sus facultades
“La IGJ se erigió por encima de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas desatendiendo no sólo un acto administrativo válido (...) sino, a su vez, llevando a cabo facultades revisoras y/o fiscalizadoras sobre su par”, expresaron los magistrados en el escrito.
Los jueces remarcaron además que admitir la postura de la IGJ implicaría someter a una misma entidad al control simultáneo de dos organismos estatales distintos, una situación que calificaron como incompatible con el sistema federal y con los principios básicos del derecho administrativo.
Medida inválida
Respecto de la resolución firmada por el Ministerio de Justicia en marzo de 2026, que había dispuesto una intervención informativa en grado de veeduría sobre la AFA, la Cámara concluyó que también era inválida porque se apoyaba en la resolución previa de la IGJ, cuya nulidad fue declarada en el mismo fallo. En abril, Mahíques había designado los veedores. Sin embargo, el abogado Agustín Ortiz de Marco, uno de los dos representantes nombrados por seis meses, renunció a ese nombramiento. Raro.
La veeduría había sido dispuesta en marzo por 180 días y apuntaba a revisar distintos aspectos del funcionamiento de la AFA. Entre los puntos bajo observación aparecían las cuentas de la entidad, las transferencias y también el papel de la frustrada universidad vinculada a la casa madre del fútbol argentino, un proyecto que nunca llegó a ponerse en marcha y al que iba a estar ligado…Mahíques.
Lo dicho: con este fallo el tribunal concluyó que, una vez que la AFA había quedado registrada en la Provincia de Buenos Aires la IGJ ya no tenía facultades para fiscalizarla ni para pedir una veeduría, por lo que el Ministerio de Justicia tampoco tenía competencia para ordenar esa intervención.
SUSCRIBITE a esta promo especial